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Calculadora de Prima Vacacional en México

Calcula el monto de la prima vacacional conforme a la Ley Federal del Trabajo, según tu salario diario y antigüedad.

Tus datos

Ingresa tu salario diario bruto, sin incluir otras prestaciones.

Años completos de servicio en la empresa. Si tienes menos de un año, ingresa 0.

El porcentaje mínimo es 25%. Tu empresa puede otorgar un porcentaje mayor.

Resultado

Prima vacacional total 2.000,00 MXN

Monto total de la prima vacacional a pagar. Revisa las partes exenta y gravable para ISR.

Cómo se calcula

Días de vacaciones correspondientes Días de vacaciones que te corresponden según tu antigüedad (LFT, Artículo 76).
16
Prima vacacional bruta Salario diario × días de vacaciones × porcentaje de prima.
2.000,00 MXN
Límite de exención de ISR (MXN) 15 UMA diarias. Prima vacacional por debajo de este monto está exenta de ISR.
1.628,55 MXN
Parte exenta de ISR Monto de la prima que no está sujeta al Impuesto sobre la Renta.
1.628,55 MXN
Parte gravable de ISR Monto de la prima que sí está sujeta a ISR (si la prima supera el límite de exención).
371,45 MXN
Ten en cuenta
  • Esta calculadora aplica para empleados del sector privado bajo régimen de la LFT.
  • El porcentaje mínimo de la prima es del 25%, pero tu empresa puede otorgar uno mayor.
  • La prima vacacional está exenta de ISR hasta el equivalente a 15 UMA diarias. Montos superiores son gravables.
  • Los días de vacaciones se calculan según años completos de servicio (LFT, Art. 76).

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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¿Qué es la prima vacacional?

La prima vacacional es una prestación establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT) que consiste en un pago adicional que el patrón debe otorgar al trabajador con motivo de su periodo de vacaciones. Su objetivo es que el empleado disponga de un ingreso extra para disfrutar de su descanso.

¿Cómo se calcula la prima vacacional?

El cálculo se realiza en tres pasos:

  1. Determinar los días de vacaciones correspondientes: Según el Artículo 76 de la LFT, los días de vacaciones aumentan con la antigüedad. El primer año son 12 días, y a partir del segundo año se incrementan progresivamente hasta llegar a 32 días después de 10 años de servicio.
  2. Aplicar el porcentaje de prima: El Artículo 80 de la LFT establece un mínimo del 25% sobre el salario de los días de vacaciones. Sin embargo, el contrato colectivo o las políticas de la empresa pueden establecer un porcentaje mayor.
  3. Calcular el monto bruto: Se multiplica el salario diario por el número de días de vacaciones y por el porcentaje de prima.

Ejemplo de cálculo

Un trabajador con un salario diario de $600 MXN y 5 años de antigüedad tiene derecho a 20 días de vacaciones (según la tabla de la LFT). Si su empresa otorga el mínimo legal del 25%, el cálculo sería:

  • Salario diario: $600
  • Días de vacaciones: 20
  • Porcentaje de prima: 25%
  • Prima vacacional = $600 × 20 × 0.25 = $3,000 MXN.

Aspectos fiscales de la prima vacacional

De acuerdo con el Artículo 93, Fracción XI de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la prima vacacional está exenta del pago de ISR hasta por un monto equivalente al valor de 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA) diarias. Para 2026, el valor de la UMA es de $108.57, por lo que el límite de exención diario es de $1,628.55 (15 × $108.57).

Si el monto total de la prima excede este límite, solo la parte que lo supera está sujeta a retención de ISR. En el ejemplo anterior ($3,000), como supera los $1,628.55, la parte gravable sería $1,371.45.

Casos frecuentes

  • Trabajador con menos de un año: Tiene derecho a 12 días de vacaciones y a la prima correspondiente proporcional al tiempo trabajado, aunque comúnmente se otorga al cumplir el primer año.
  • Prima superior al mínimo: Muchas empresas, por contrato colectivo o política interna, otorgan un porcentaje mayor al 25%, como 30% o incluso 50%.
  • Finiquito: Si la relación laboral termina y el trabajador tiene vacaciones pendientes, el patrón debe pagar la prima vacacional correspondiente a esos días en el finiquito.

Documentos relacionados

Una vez calculada tu prima, puedes necesitar un Recibo de Finiquito para formalizar el pago al término de la relación laboral, o una Solicitud de Vacaciones para planificar tu descanso. Nuestra plataforma ofrece estos documentos que puedes personalizar con tus datos.

Preguntas frecuentes

¿La prima vacacional es obligatoria?

Sí, es una prestación legal mínima establecida en el Artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo. El patrón está obligado a pagarla al trabajador junto con sus vacaciones.

¿Qué pasa si mi empresa me da un porcentaje mayor al 25%?

Es perfectamente válido y beneficioso para ti. La ley establece un mínimo, pero el patrón puede otorgar un porcentaje superior por contrato colectivo, contrato individual o política de la empresa.

¿Cómo se calculan los días de vacaciones si tengo 7 meses de antigüedad?

La LFT otorga días de vacaciones por años completos de servicio. Con menos de un año, el derecho es a 12 días, pero suele hacerse efectivo al cumplir el primer año. En caso de terminación de la relación laboral antes del año, corresponde la parte proporcional.

¿La prima vacacional paga impuestos?

Sí, pero tiene una exención. Está libre de ISR hasta por un monto equivalente a 15 UMA diarias (para 2026: $1,628.55). Solo la parte que excede este límite está sujeta a retención de ISR.

¿La prima vacacional se paga junto con el aguinaldo?

No necesariamente. La prima vacacional se paga cuando el trabajador disfruta de sus vacaciones. El aguinaldo es una prestación diferente que se paga antes del 20 de diciembre de cada año.

¿Qué documento necesito para solicitar mis vacaciones y la prima?

Puedes utilizar una Solicitud de Vacaciones para informar a tu empleador las fechas que deseas descansar. El pago de la prima debe hacerse junto con el salario correspondiente al periodo vacacional.