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Calculadora de Prima de Antigüedad

Calcula la prima de antigüedad que corresponde a un trabajador según la Ley Federal del Trabajo de México, en función de su antigüedad, salario y motivo de salida.

Tus datos

Primer día que comenzaste a trabajar en la empresa.

Último día trabajado o fecha de terminación de la relación laboral.

Salario diario que percibes, incluyendo prestaciones como prima vacacional y aguinaldo promediados.

Selecciona la causa por la que termina la relación laboral. La prima se paga en caso de despido, renuncia con 15+ años, fallecimiento, jubilación o incapacidad permanente total.

Valor oficial publicado por CONASAMI para el año en curso. Si no conoces el valor para 2026, puedes usar el de 2024 ($248.93) como referencia, pero verifica la fuente oficial.

Resultado

Prima de antigüedad a pagar 63.327,79 MXN

Se paga en caso de despido, renuncia con 15+ años de antigüedad, fallecimiento, jubilación o incapacidad permanente total. En otras causas no corresponde.

Cómo se calcula

Antigüedad en años completos Años enteros cumplidos entre la fecha de ingreso y la fecha de salida.
10 años
Días restantes (fracción de año) Días transcurridos después de cumplir los años completos.
219 días
Salario base para el cálculo Se toma el salario diario, con un tope máximo de dos salarios mínimos diarios vigentes.
497,86 MXN
Prima por años completos 12 días de salario por cada año completo trabajado.
59.743,20 MXN
Fracción del año (en días de salario) Parte proporcional por los días trabajados después del último año completo. Se considera si el año de la fecha de salida es bisiesto.
3.584,59 MXN
Prima de antigüedad bruta Total calculado antes de aplicar condiciones de pago según el motivo de salida.
63.327,79 MXN
Ten en cuenta
  • Esta calculadora aplica el tope de dos salarios mínimos diarios vigentes al salario base, según el Artículo 162 de la LFT.
  • La prima solo se debe pagar en los casos expresados: despido (justificado o injustificado), renuncia con 15 o más años de antigüedad, fallecimiento del trabajador, jubilación o incapacidad permanente total.
  • El salario diario integrado debe incluir el promedio de prestaciones como prima vacacional y aguinaldo. Si no estás seguro, consulta tu recibo de nómina.
  • El salario mínimo utilizado por defecto es el vigente para 2024 ($248.93), ya que el valor oficial para 2026 aún no ha sido publicado por CONASAMI. Puedes ingresar el valor correcto cuando esté disponible.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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Con el resultado ya calculado puedes rellenar el documento al momento.

El editor se abre con los datos de la calculadora ya puestos.

Recibo de finiquito del trabajador

¿Qué es la prima de antigüedad?

La prima de antigüedad es una prestación establecida en el Artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) de México. Consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicios prestados a un mismo patrón. Su objetivo es compensar la dedicación y experiencia acumulada por el trabajador a lo largo del tiempo. Sin embargo, no se paga en todos los casos de terminación laboral; su derecho está condicionado a la causa de la salida.

¿Cómo se calcula la prima de antigüedad?

El cálculo sigue estos pasos:

  1. Determinar la antigüedad: Se cuentan los años completos trabajados desde la fecha de ingreso hasta la fecha de salida. Los días restantes (menos de un año) se consideran para una fracción proporcional.
  2. Establecer el salario base: Se toma el salario diario integrado del trabajador, pero con un tope importante: nunca puede exceder el doble del salario mínimo diario vigente. Este límite está fijado por la ley.
  3. Calcular los días correspondientes: Por cada año completo se otorgan 12 días de salario. Por la fracción del año, se calcula proporcionalmente: (días trabajados / días del año) * 12. Se considera si el año de salida es bisiesto.
  4. Multiplicar por el salario base: El total de días (completos más fracción) se multiplica por el salario base determinado en el paso 2.
  5. Aplicar las condiciones de pago: El monto resultante solo se debe pagar si la relación laboral termina por:
    • Despido (sea justificado o injustificado).
    • Renuncia voluntaria del trabajador, siempre y cuando tenga 15 o más años de antigüedad.
    • Fallecimiento del trabajador.
    • Jubilación.
    • Incapacidad permanente total.
    En otros casos, como una renuncia con menos de 15 años de antigüedad o mutuo acuerdo, la prima no es exigible.

Ejemplo práctico actualizado

Imaginemos a Luis, quien ingresó a trabajar el 1 de junio de 2015 y fue despedido el 20 de octubre de 2026. Su salario diario integrado es de $450 MXN. El salario mínimo diario vigente para 2026 lo desconocemos, usamos el valor de 2024 ($248.93) como referencia, por lo que el doble es $497.86. Como su salario ($450) no supera este tope, se usa como base.

  • Antigüedad: Del 2015-06-01 al 2026-10-20 hay 11 años completos (hasta el 2026-05-31) y 142 días de fracción.
  • Días de prima completos: 11 años * 12 días/año = 132 días.
  • Días de prima por fracción: (142 días / 365 días) * 12 ≈ 4.67 días.
  • Total días: 132 + 4.67 ≈ 136.67 días.
  • Cálculo: 136.67 días * $450/día ≈ $61,501.50 MXN.
  • Resultado: Al ser un despido, Luis tiene derecho a recibir aproximadamente $61,501.50 como prima de antigüedad.

Casos frecuentes y consideraciones

Renuncia con menos de 15 años

Si un trabajador renuncia voluntariamente y tiene menos de 15 años de antigüedad, no tiene derecho a la prima de antigüedad. Esta es una confusión común.

Salario alto y el tope

Un profesional con un salario diario de $1,000 verá su base limitada a dos salarios mínimos (ej. $497.86 si usamos el valor de 2024). Este tope es legal y busca homogeneizar el cálculo.

Fracción del año y años bisiestos

La calculadora considera si el año de la fecha de salida es bisiesto para mayor precisión en la fracción proporcional.

Jubilación e incapacidad permanente

Estas causas también generan el derecho al pago de la prima de antigüedad, según la interpretación jurisprudencial y doctrinal de la LFT.

Documento recomendado después del cálculo

Una vez determinado el monto, es fundamental formalizar la terminación de la relación laboral y el pago de todas las prestaciones. El documento principal es el Recibo de finiquito del trabajador. En él se detallan todos los conceptos a pagar, incluida la prima de antigüedad, y su firma implica la liberación de obligaciones para el empleador. Te recomendamos generarlo para asegurar que todo esté por escrito y conforme a la ley.

Preguntas frecuentes

¿Tengo derecho a prima de antigüedad si renuncio con 10 años de trabajo?

No. Según el Artículo 162 de la LFT, solo tienes derecho a prima de antigüedad al renunciar si cuentas con 15 o más años de antigüedad en la misma empresa. Con menos tiempo, no es exigible.

¿Qué pasa si mi salario es mayor al doble del salario mínimo?

Para el cálculo de la prima, tu salario diario se “capa” o limita a un máximo equivalente al doble del salario mínimo diario vigente. La diferencia por encima de ese tope no se considera, es un mandato legal.

¿La prima de antigüedad se paga por despido justificado?

Sí. La ley establece el pago de la prima de antigüedad en caso de despido, independientemente de si es justificado o injustificado. Es uno de los supuestos de pago obligatorio.

¿Tengo derecho a prima si me jubilo?

Sí, la jurisprudencia y la doctrina consideran que la jubilación es una causa que genera el derecho al pago de la prima de antigüedad, al igual que la incapacidad permanente total.

¿La prima de antigüedad está exenta de impuestos?

No, la prima de antigüedad está sujeta al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) como un ingreso acumulable para el trabajador. El patrón debe realizar la retención correspondiente.

¿Qué debo hacer si mi empleador se niega a pagarla?

Si cumples con los requisitos (motivo y antigüedad) y tu empleador se niega, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o iniciar un procedimiento ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para exigir tu derecho.