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Calculadora de Prima de Servicios en Colombia

Calcula el valor de la prima de servicios (prima de junio y diciembre) para trabajadores en Colombia, incluyendo proporcionalidad por días trabajados.

Tus datos

Ingrese el salario base mensual del trabajador, en pesos colombianos (COP).

Marque esta opción si al trabajador le corresponde el subsidio de transporte legal.

Número de días laborados en el semestre correspondiente (enero-junio o julio-diciembre). Para un semestre completo, ingrese 180 días.

Resultado

Prima de servicios proporcional 781.000,00 COP

Resultado final. Se calcula como (Base para la prima * Días trabajados) / 360.

Cómo se calcula

Salario base mensual Salario ingresado por el usuario.
1.400.000,00 COP
Auxilio de transporte a incluir Se incluye el auxilio de transporte si el trabajador lo recibe y su salario es inferior o igual a dos SMMLV.
162.000,00 COP
Base para calcular la prima Suma del salario mensual más el auxilio de transporte (si aplica).
1.562.000,00 COP
Ten en cuenta
  • Esta calculadora aplica para la prima de servicios regulada por el Código Sustantivo del Trabajo (Artículo 306).
  • El auxilio de transporte se incluye en la base de cálculo solo si el salario es inferior o igual a dos SMMLV y el trabajador tiene derecho a él.
  • El cálculo asume 360 días para el año laboral, según la práctica común para liquidaciones proporcionales.
  • Los valores del SMMLV y el auxilio de transporte son los vigentes para 2026. Verifique los valores actualizados para años posteriores.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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¿Qué es la prima de servicios en Colombia?

La prima de servicios es una prestación social a la que tienen derecho todos los trabajadores con vinculación laboral en Colombia, con excepción de aquellos que devenguen un salario integral. Consiste en el pago de un salario mensual por cada semestre laborado, distribuido en dos cuotas: la primera se paga máximo el 30 de junio (prima de junio) y la segunda máximo el 20 de diciembre (prima de diciembre). Su objetivo es servir como un ingreso adicional para el trabajador y su familia durante estas épocas del año, siendo un derecho irrenunciable establecido en el Código Sustantivo del Trabajo.

¿Cómo se calcula la prima de servicios?

El cálculo se basa en el salario mensual del trabajador. Si el salario es inferior o igual a dos salarios mínimos legales vigentes (SMMLV), se debe sumar el auxilio de transporte a la base de cálculo. La fórmula general es la siguiente:

  1. Determinar la base de cálculo: Salario mensual + Auxilio de transporte (si aplica).
  2. Aplicar la proporcionalidad por días trabajados: (Base de cálculo × Días trabajados en el semestre) ÷ 360.

Los 360 días representan el año comercial utilizado para facilitar los cálculos proporcionales en las liquidaciones laborales, conforme a la práctica y jurisprudencia común.

Ejemplo práctico resuelto paso a paso

Consideremos a Carlos, un trabajador con un salario mensual de $2.800.000 COP, que sí recibe auxilio de transporte y que trabajó todo el semestre de julio a diciembre (180 días) en 2026.

  • Paso 1: Verificar el auxilio de transporte. El salario de Carlos ($2.800.000) es igual a dos SMMLV ($2.800.000). Según la ley, el derecho al auxilio de transporte aplica para salarios hasta dos SMMLV, por lo tanto, tiene derecho a incluir el auxilio de transporte de $162.000 COP (valor 2026) en la base de cálculo.
  • Paso 2: Calcular la base. Base = Salario + Auxilio de transporte = $2.800.000 + $162.000 = $2.962.000.
  • Paso 3: Aplicar la fórmula proporcional. Prima = ($2.962.000 × 180 días) / 360 días = $1.481.000.

Carlos recibirá $1.481.000 como prima de servicios a más tardar el 20 de diciembre.

Casos frecuentes y consideraciones especiales

Trabajadores con salario integral

Los trabajadores con salario integral (igual o superior a 10 SMMLV) ya tienen incluido el concepto de prestaciones sociales en su remuneración pactada. Por lo tanto, no tienen derecho a prima de servicios adicional, salvo que en el contrato se estipule expresamente lo contrario. Es crucial revisar el contrato laboral para confirmar esta condición.

Contratos a término fijo o por obra o labor

Los trabajadores con contratos temporales tienen derecho a la prima proporcional por los días efectivamente laborados dentro de cada semestre. Se debe calcular con la misma fórmula, usando los días trabajados en el periodo. Por ejemplo, un trabajador con un contrato de 4 meses (120 días) en el primer semestre tendrá derecho a la prima correspondiente a esos 120 días.

Empleados domésticos y conductores familiares

Tienen pleno derecho a la prima de servicios bajo las mismas condiciones generales. Si su salario es inferior o igual a dos SMMLV, se debe incluir el auxilio de transporte en la base de cálculo. Es importante formalizar esta relación con un contrato escrito que especifique el salario base.

Trabajadores que ingresan o se retiran a mitad de semestre

La prima siempre se calcula de manera proporcional a los días trabajados dentro del semestre correspondiente. El empleador debe liquidar y pagar la prima proporcional desde la fecha de ingreso hasta el 30 de junio o 20 de diciembre, según corresponda, o desde el inicio del semestre hasta la fecha de retiro del trabajador.

Documentos recomendados después del cálculo

Una vez calculado el valor, es importante contar con la documentación adecuada. Para trabajadores nuevos, se recomienda utilizar un Contrato de trabajo a término indefinido (como el disponible en esta plataforma), que establezca claramente el salario base, elemento fundamental para todos los cálculos laborales futuros, incluida la prima. Para los empleadores de trabajadores domésticos, un Contrato de trabajo para empleado doméstico es esencial para formalizar la relación, especificar las labores y dejar claros los derechos prestacionales. Finalmente, al terminar una relación laboral, se debe elaborar una Liquidación final de prestaciones sociales que incluya el cálculo exacto de la prima de servicios proporcional hasta el último día trabajado.

Preguntas frecuentes

¿Quiénes tienen derecho a la prima de servicios?

Todos los trabajadores con contrato laboral en Colombia, excepto aquellos con salario integral (igual o superior a 10 SMMLV), a menos que se pacte lo contrario.

¿Hasta cuándo se debe pagar la prima de junio y la de diciembre?

La prima de junio debe pagarse a más tardar el 30 de junio, y la prima de diciembre a más tardar el 20 de diciembre de cada año.

¿El auxilio de transporte siempre se suma para calcular la prima?

No. Solo se suma si el trabajador tiene derecho a recibir el subsidio de transporte (su salario es menor o igual a 2 SMMLV) y efectivamente lo recibe.

¿Cómo calculo la prima si trabajé menos de un semestre completo?

Use la calculadora e ingrese el número exacto de días que trabajó durante el semestre (máximo 183). El sistema calculará la parte proporcional automáticamente.

¿Los trabajadores domésticos tienen derecho a prima?

Sí, los empleados domésticos tienen derecho a prima de servicios bajo las mismas condiciones que cualquier otro trabajador.

¿Qué pasa si mi empleador no me paga la prima a tiempo?

El no pago oportuno de la prima constituye una mora en el pago de prestaciones sociales. El trabajador puede exigir el pago con sus intereses moratorios y, en última instancia, acudir a una demanda laboral.