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Calculadora de aportes a seguridad social para independientes 2026

Calcula los aportes mensuales a salud, pensión y ARL que debe pagar un trabajador independiente en Colombia, según sus ingresos y nivel de riesgo.

Tus datos

Valor total que recibes por tu trabajo independiente en un mes. Este valor se usa para calcular la base de cotización (IBC).

Selecciona la clase de riesgo de tu actividad económica principal, según la tabla del Ministerio del Trabajo. Si no estás seguro, consulta con tu ARL.

Número de días del mes por los cuales estás prestando el servicio y generando ingresos. Usado para calcular el ingreso diario promedio. Para el cálculo del IBC, la norma mensualiza a 30 días.

Resultado

Total aportes a seguridad social 1.562.490,00 COP

Suma de los aportes a salud, pensión y ARL que debes pagar mensualmente.

Cómo se calcula

Base de cotización (IBC) sin ajustar Ingreso mensualizado a 30 días, antes de aplicar el piso y el tope legal. Por convención legal, la mensualización se realiza sobre 30 días.
5.400.000,00 COP
Base de cotización (IBC) legal Base sobre la cual se calculan los aportes. No puede ser inferior a 1 SMMLV ni superior a 25 SMMLV.
5.400.000,00 COP
Aporte a salud (12.5%) Calculado como el 12.5% del IBC legal.
675.000,00 COP
Aporte a pensión (16%) Calculado como el 16% del IBC legal.
864.000,00 COP
Tarifa de ARL aplicable (%) Porcentaje correspondiente a la clase de riesgo seleccionada, según tabla oficial.
0,44 %
Aporte a ARL Calculado aplicando la tarifa de ARL al IBC legal.
23.490,00 COP
Ten en cuenta
  • Esta calculadora aplica para trabajadores independientes que cotizan directamente al Sistema General de Seguridad Social. Los aportes aquí calculados son una obligación mensual del independiente.
  • La base de cotización (IBC) se calcula mensualizando el ingreso diario a 30 días (por convención legal), y luego se ajusta al piso de 1 SMMLV y al tope de 25 SMMLV.
  • Las tarifas de ARL utilizadas son las vigentes según la Resolución 0312 de 2019. Si tu actividad tiene una tarifa especial no listada, deberás consultarla directamente con tu ARL.
  • El valor del SMMLV para 2026 es una estimación. Al momento de realizar tus pagos, VERIFICA el valor oficial publicado por el Gobierno Nacional.
  • Este cálculo no incluye otros conceptos como aportes a cajas de compensación familiar o parafiscales, los cuales pueden ser voluntarios u obligatorios según el tipo de contrato.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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Cómo calcular los aportes a seguridad social como independiente

Todo trabajador independiente en Colombia tiene la obligación de realizar aportes mensuales al Sistema General de Seguridad Social, que cubre salud, pensión y riesgos laborales (ARL). Estos aportes garantizan tu cobertura en salud, la constitución de tu pensión y protección en caso de accidente o enfermedad laboral. El cálculo se basa en tu Ingreso Base de Cotización (IBC), el cual tiene un piso y un tope legal definidos en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).

¿Qué es el IBC y cómo se determina?

El Ingreso Base de Cotización (IBC) es el monto sobre el cual se calculan los porcentajes de los aportes. Para independientes, el IBC se estima a partir de los ingresos mensuales por la prestación del servicio. La ley establece que este IBC no puede ser inferior a 1 SMMLV ni superior a 25 SMMLV. Si tus ingresos mensualizados son menores a 1 SMMLV, debes cotizar sobre 1 SMMLV. Si son superiores a 25 SMMLV, solo cotizas sobre 25 SMMLV. Para calcularlo, se toma el ingreso total del mes, se divide por los días laborados para obtener un promedio diario, y luego se multiplica por 30 días. Esta multiplicación por 30 es una convención legal para mensualizar el ingreso, independientemente de los días reales del mes.

Fórmula para calcular los aportes

Los porcentajes de aporte son fijos por ley:

  • Salud: 12.5% del IBC.
  • Pensión: 16% del IBC.
  • ARL: Un porcentaje variable entre 0.435% y 5.8% del IBC, dependiendo de la clase de riesgo de tu actividad económica (I a V).

El cálculo total mensual es la suma de estos tres conceptos.

Ejemplo práctico

Supongamos que María es diseñadora gráfica independiente (Clase de Riesgo I) y en un mes factura $4.500.000 por sus servicios, trabajando 25 días. Usamos un SMMLV estimado para 2026 de $1.500.000.

  1. Calculamos su ingreso diario: $4.500.000 / 25 = $180.000 por día.
  2. Mensualizamos a 30 días para el IBC sin ajustar: $180.000 * 30 = $5.400.000.
  3. Ajustamos el IBC a los límites legales (piso: $1.500.000, tope: $37.500.000). Su IBC de $5.400.000 está dentro del rango, por lo que es su IBC legal.
  4. Calculamos aportes:
    • Salud (12.5%): $5.400.000 * 12.5 / 100 = $675.000
    • Pensión (16%): $5.400.000 * 16 / 100 = $864.000
    • ARL Clase I (0.435%): $5.400.000 * 0.435 / 100 = $23.490
  5. Total aportes mensuales: $675.000 + $864.000 + $23.490 = $1.562.490.

María debe separar aproximadamente $1.562.490 de sus ingresos para pagar su seguridad social ese mes.

Casos frecuentes y consideraciones

Si trabajas por días o por proyecto: Debes estimar tus ingresos mensuales promedio. Si en un mes trabajas menos de 30 días, el cálculo promedia tu ingreso diario y lo multiplica por 30 para hallar el IBC, tal como lo exige la norma.

Si tienes múltiples contratos: Debes sumar los ingresos de todas tus actividades independientes en el mes para calcular un único IBC y realizar un solo pago de aportes.

Si superas el tope de 25 SMMLV: Tus aportes se calculan sobre el tope máximo ($37.500.000 para 2026 con el SMMLV estimado), lo que representa un ahorro en términos porcentuales de tu ingreso total.

Documento recomendado después del cálculo

Una vez calculados tus aportes, es fundamental formalizar tu relación laboral. Te recomendamos utilizar un Contrato de Prestación de Servicios para definir claramente los términos de tu trabajo, el valor del servicio y las obligaciones de ambas partes. Este documento sirve como soporte para tu facturación y para el pago de tus aportes.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mis ingresos son inferiores a 1 SMMLV?

La ley establece un piso mínimo de cotización. Aunque tus ingresos sean menores, tu IBC para calcular los aportes será 1 SMMLV ($1.500.000 estimado para 2026). Debes pagar los aportes sobre ese valor mínimo.

¿Cómo sé cuál es mi clase de riesgo para la ARL?

La clase de riesgo (I a V) depende de la actividad económica que desarrolles. La tabla oficial está en la Resolución 0312 de 2019 del Ministerio del Trabajo. Si tienes dudas, la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) a la que estés afiliado puede asignarte la correcta.

¿Debo pagar aportes si solo trabajé 15 días en el mes?

Sí. El cálculo toma tu ingreso total de esos 15 días, calcula un promedio diario y lo multiplica por 30 para obtener el IBC mensualizado, sobre el cual se aplican los porcentajes. La obligación de cotizar es mensual.

¿Los aportes a seguridad social son deducibles de impuestos?

Sí, para el impuesto sobre la renta, los aportes obligatorios a salud, pensión y ARL son deducibles como gastos personales, dentro de los límites establecidos por la ley.

¿Qué no incluye este cálculo?

Este cálculo no incluye aportes a cajas de compensación familiar (4%), los cuales son obligatorios solo si hay un contrato de prestación de servicios con una empresa, ni el pago de la prima de servicios, que es un concepto diferente.

¿Puedo cotizar sobre un IBC mayor a mis ingresos reales?

Sí, es posible y beneficioso para tu pensión. Puedes voluntariamente cotizar sobre un IBC mayor a tus ingresos, hasta el tope de 25 SMMLV, para incrementar el monto de tu futura pensión. Esto se conoce como cotización sobre base superior.