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Calculadora de liquidación laboral en Colombia

Calcula los conceptos de tu liquidación laboral en Colombia: salarios pendientes, cesantías, intereses, prima, vacaciones e indemnización por despido. Resultados desglosados y conforme a la ley.

Tus datos

Fecha en que comenzó la relación laboral (AAAA-MM-DD).

Fecha en que termina el contrato de trabajo (AAAA-MM-DD). Debe ser posterior a la fecha de ingreso.

Salario básico mensual en COP, sin incluir el auxilio de transporte. Para salarios variables, ingrese el promedio de los últimos 12 meses.

Valor mensual del auxilio de transporte que recibía. Si su salario ordinario es superior a 2 SMMLV, ingrese 0.

Número de días de vacaciones a los que tiene derecho y no ha disfrutado.

Monto total de cesantías que el empleador ya ha consignado en el fondo para el año en curso. Si no sabe, deje 0.

Seleccione la razón por la cual termina la relación laboral.

Marque esta opción si su salario mensual era igual o superior a 10 SMMLV e incluía el factor prestacional (pago único de prestaciones).

Número de días trabajados en el último periodo (mes o quincena) por los cuales aún no ha recibido pago. Si no está seguro, calcule desde el día siguiente al último pago hasta la fecha de retiro.

Resultado

Total de la liquidación 11.940.121,08 COP

Suma total de todos los conceptos calculados que conforman su liquidación.

Cómo se calcula

Salario diario (base cesantías/prima) Salario diario utilizado para calcular cesantías y prima de servicios.
88.733,33 COP
Salario diario (base vacaciones) Salario diario utilizado para calcular el pago de vacaciones pendientes.
83.333,33 COP
Salarios pendientes del último periodo Proporción del salario correspondiente a los días trabajados y no pagados en el último periodo.
1.666.666,67 COP
Cesantías causadas en el año Cesantías generadas desde el 1 de enero del año de retiro (o desde la fecha de ingreso si es posterior) hasta la fecha de retiro.
2.159.177,78 COP
Cesantías netas a pagar Cesantías pendientes de pago, descontando las ya consignadas en el fondo en el año en curso.
2.159.177,78 COP
Intereses sobre cesantías Intereses legales del 12% anual sobre las cesantías causadas en el año, proporcionales a los días laborados (Ley 52 de 1975).
210.159,97 COP
Prima de servicios proporcional Prima generada desde el último pago semestral (20 de junio o 20 de diciembre) hasta la fecha de retiro.
820.783,33 COP
Vacaciones pendientes Compensación por los días de vacaciones generados y no disfrutados.
1.250.000,00 COP
Indemnización por despido sin justa causa Indemnización legal por despido sin justa causa. No aplica para renuncia, despido con justa causa o término de contrato.
5.833.333,33 COP
Ten en cuenta
  • Esta calculadora utiliza convenciones legales (año de 360 días, mes de 30 días) para los cálculos proporcionales.
  • El valor del auxilio de transporte por defecto es el vigente para 2026. Se incluye en la base de cesantías y prima solo si el salario ordinario es ≤ 2 SMMLV.
  • La indemnización por despido sin justa causa se calcula según el salario ordinario diario (sin auxilio de transporte).
  • La prima de servicios se calcula desde el inicio del semestre en curso (1 de enero o 1 de julio) o desde la fecha de ingreso si es posterior.
  • Los resultados son una estimación. Para una liquidación oficial y exigible, consulte con un profesional en derecho laboral.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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El editor se abre con los datos de la calculadora ya puestos.

Liquidación por despido sin justa causa

¿Qué es la liquidación laboral en Colombia?

La liquidación laboral es el cálculo y pago de todos los conceptos económicos que un trabajador tiene derecho a recibir al finalizar su relación laboral con una empresa en Colombia. Incluye salarios pendientes, prestaciones sociales (cesantías, intereses, prima de servicios, vacaciones) y, en algunos casos, una indemnización por despido sin justa causa.

¿Cómo se calcula la liquidación?

El cálculo se realiza de manera proporcional al tiempo trabajado desde el último pago de cada concepto hasta la fecha de retiro. Se utilizan convenciones legales como el año de 360 días y el mes de 30 días para homogenizar los cálculos.

Conceptos que componen la liquidación

  • Salarios pendientes: Corresponde a los días trabajados en el último periodo (mes o quincena) que no han sido pagados. Debe indicar cuántos días se le adeudan.
  • Cesantías: Se calculan sobre la base salarial (salario ordinario más auxilio de transporte si gana hasta 2 SMMLV) por los días trabajados en el año en curso, desde el 1 de enero o desde la fecha de ingreso si es posterior. Se descuentan las cesantías ya consignadas por el empleador en el fondo.
  • Intereses sobre cesantías: Son el 12% anual sobre el valor de las cesantías causadas en el año, proporcional a los días laborados.
  • Prima de servicios: Equivalente a medio salario mensual por cada semestre trabajado. Se calcula proporcionalmente desde el inicio del semestre en curso (1 de enero o 1 de julio) o desde la fecha de ingreso.
  • Vacaciones: Compensación en dinero por los días de vacaciones generados y no disfrutados. Se calcula sobre el salario ordinario diario (sin incluir auxilio de transporte).
  • Indemnización por despido sin justa causa: Aplica solo en este caso. Para salarios inferiores a 10 SMMLV: 30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año subsiguiente proporcional. Para salarios iguales o superiores a 10 SMMLV (o salario integral): 20 días por el primer año y 15 días por cada año subsiguiente proporcional.

Ejemplo de cálculo

María trabajó desde el 10 de mayo de 2023 hasta el 20 de octubre de 2026 (3 años completos) con un salario ordinario de $2.500.000 COP y auxilio de transporte de $162.000 COP. Fue despedida sin justa causa, tiene 15 días de vacaciones pendientes y le adeudan 20 días de salario del último mes. Su liquidación se calcularía así:

  • Salarios pendientes (20 días): $1.666.667 COP.
  • Cesantías causadas en 2026 (294 días): $2.176.667 COP.
  • Intereses sobre cesantías: $213.507 COP.
  • Prima de servicios (segundo semestre 2026, 111 días): $821.667 COP.
  • Vacaciones (15 días): $1.250.000 COP.
  • Indemnización (3 años, salario < 10 SMMLV): 30 + (2 * 20) = 70 días = $5.833.333 COP.
  • Total liquidación estimada: $11.961.841 COP.

Casos frecuentes

Renuncia voluntaria: El trabajador recibe todos los conceptos excepto la indemnización por despido.

Despido con justa causa: El trabajador recibe las prestaciones sociales (cesantías, intereses, prima, vacaciones) pero NO la indemnización.

Término de contrato a término fijo: Al vencimiento del contrato, el trabajador recibe las prestaciones sociales. Solo hay indemnización si el despido es sin justa causa antes del vencimiento.

Documento recomendado

Una vez calculado su monto, es recomendable formalizar la solicitud o el acuerdo mediante un Documento de Liquidación por Despido sin Justa Causa. Este documento detalla todos los conceptos calculados y sirve como respaldo para exigir el pago correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi salario es variable?

Para el cálculo, debe ingresar el promedio de sus salarios mensuales ordinarios de los últimos 12 meses trabajados. Este promedio constituye la base para calcular la mayoría de conceptos.

¿Tengo derecho a indemnización si renuncio?

No. La indemnización por despido sin justa causa solo aplica cuando es el empleador quien termina el contrato sin una causa legalmente justificada.

¿Cómo sé si mi salario es integral?

Su salario es integral si es igual o superior a 10 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) y en su contrato se estipula que incluye el factor prestacional (que cubre vacaciones, prima y cesantías). En ese caso, no se suma el auxilio de transporte al salario diario y la indemnización se calcula con la regla de 20/15 días.

¿Las cesantías ya consignadas me las pagan?

No directamente en la liquidación. Las cesantías que el empleador ya depositó en su fondo de cesantías permanecen allí para su disposición según las reglas del fondo. En la liquidación solo se calculan y pagan las cesantías generadas y NO consignadas desde el último depósito (generalmente del año en curso).

¿La prima de servicios se paga semestralmente?

Sí, por ley se debe pagar el 20 de junio y el 20 de diciembre. En la liquidación se calcula la parte proporcional desde el inicio del semestre en curso (1 de enero o 1 de julio) hasta el día del retiro.

¿Qué necesito para reclamar mi liquidación?

Debe presentar una solicitud formal por escrito a su empleador, detallando los conceptos. Se recomienda utilizar un documento legal como la Liquidación por Despido para darle formalidad. Si no hay acuerdo, puede acudir a una conciliación o a la jurisdicción laboral.