Calcula el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) para empleados en relación de dependencia en Argentina, incluyendo el proporcional por ingreso o renuncia.
Cómo se calculan las vacaciones anuales en Argentina
En Argentina, el derecho a las vacaciones pagas está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Todo trabajador en relación de dependencia tiene derecho a un período anual de descanso remunerado, cuya duración depende exclusivamente de su antigüedad en la empresa al 31 de diciembre del año al que corresponden las vacaciones.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por año?
La cantidad de días se determina según los años completos de servicio al 31 de diciembre:
- Hasta 5 años de antigüedad: 14 días corridos.
- De 6 a 10 años de antigüedad: 21 días corridos.
- De 11 a 20 años de antigüedad: 28 días corridos.
- Más de 20 años de antigüedad: 35 días corridos.
Estos días son fijos para todo el año y no se suman días por fracciones menores. La antigüedad se mide en años completos al 31 de diciembre (art. 150 LCT).
¿Cómo se paga la licencia anual?
El empleador debe pagar la remuneración correspondiente al período de vacaciones. Según el art. 155 inc. a) LCT, el valor de un día de vacaciones se calcula dividiendo el sueldo mensual por 25. Por lo tanto, el importe total de las vacaciones es: (sueldo mensual / 25) * días de vacaciones.
Ejemplo de cálculo
Imagina un empleado que ingresó el 15 de marzo de 2022 y quiere calcular sus vacaciones para el año 2026. Su sueldo mensual es de $500.000 y ya tomó 5 días de vacaciones en ese año.
- Fecha de referencia: 31 de diciembre de 2026.
- Antigüedad al 31/12/2026: Del 15/03/2022 al 31/12/2026 hay 4 años completos.
- Días de vacaciones anuales: Al tener menos de 5 años, le corresponden 14 días corridos para todo el año 2026.
- Importe diario: $500.000 / 25 = $20.000.
- Días pendientes: 14 días - 5 días ya gozados = 9 días.
- Importe total de las vacaciones pendientes: 9 días * $20.000 = $180.000.
Por lo tanto, a este empleado le corresponden 9 días de vacaciones pendientes para 2026 y un importe total de $180.000.
Casos frecuentes
Renuncia o despido: Si la relación laboral finaliza, el empleador debe liquidar los días de vacaciones no gozados en forma proporcional al tiempo trabajado en el año en curso (art. 153 LCT), calculando 1 día de vacaciones por cada 20 días de trabajo efectivo. Este cálculo proporcional no está incluido en esta calculadora.
Vacaciones fraccionadas: Puedes tomar las vacaciones en más de un período, siempre que un tramo sea de al menos 10 días corridos.
Ingreso durante el año: Si comenzaste a trabajar en el mismo año, tus vacaciones para ese primer año se calculan proporcionalmente. Si trabajaste más de la mitad de los días hábiles del año, tenés derecho a los 14 días corridos completos. Si no alcanzaste esa mitad, te corresponde 1 día por cada 20 días trabajados (arts. 151 y 153 LCT).
¿Qué documento necesito?
Para comunicar formalmente la toma de vacaciones, puedes utilizar una Notificación de Licencia Laboral. Este documento sirve para informar al empleador las fechas de inicio y fin de tu licencia, asegurando que quede un registro claro.