Calcula la cuota, el total de intereses y el costo final de un préstamo en Perú, usando los sistemas de amortización francés (cuota constante) o alemán (amortización constante).
Cómo se calculan los intereses legales y moratorios en Perú
Cuando una deuda no se paga en la fecha acordada, el deudor debe, además del capital, los intereses moratorios. En Perú, estos intereses se calculan según el Código Civil, usando tasas oficiales publicadas por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) para obligaciones civiles y comerciales, y una tasa específica para obligaciones laborales.
¿Qué tasas se aplican?
Existen dos tipos de tasas relevantes:
- Tasa de interés legal: Fijada por el BCRP, una para deudas en soles (PEN) y otra para deudas en dólares (USD). Se aplica a obligaciones civiles y comerciales.
- Tasa de interés laboral: Establecida por el Código Procesal del Trabajo y jurisprudencia, es significativamente mayor y se aplica exclusivamente a deudas de origen laboral.
La regla clave, establecida en el Artículo 1243 del Código Civil, es que se aplica la mayor entre la tasa de interés que las partes pactaron en el contrato y la tasa legal (o laboral) correspondiente. Esto protege al acreedor.
Fórmula de cálculo paso a paso
El monto de los intereses se determina así:
- Determinar los días de mora: Se cuentan los días naturales desde el día siguiente a la fecha de vencimiento hasta la fecha de cálculo.
- Identificar la tasa anual aplicable: Según si la deuda es civil/comercial o laboral, y su moneda, se selecciona la tasa oficial correspondiente. Se la compara con la tasa pactada, si existe.
- Convertir la tasa anual a diaria: Se divide la tasa anual entre 360 (año comercial).
- Determinar la base de cálculo: Según el Artículo 1249 del Código Civil, los intereses moratorios se calculan sobre el capital más los intereses compensatorios devengados hasta la fecha de vencimiento.
- Calcular los intereses moratorios: Existen dos métodos:
- Cálculo simple: Base × Tasa diaria × Días de mora.
- Cálculo con capitalización (anatocismo): Si está pactado por escrito (Art. 1250 CC), los intereses se capitalizan: Base × ((1 + Tasa diaria) ^ Días de mora - 1).
- Obtener el total a pagar: Se suma el capital original, los intereses compensatorios previos y los intereses moratorios.
Ejemplo práctico
Supongamos una deuda comercial de S/ 10,000 que venció el 15 de enero de 2026. Al 20 de octubre de 2026 aún no se paga. No hay intereses compensatorios previos ni capitalización pactada.
- Días de mora: Del 16/01/2026 al 20/10/2026 hay 278 días.
- Tasa aplicable: Al ser una deuda civil en soles, se usa la tasa legal del BCRP para 2026: 6.5% anual.
- Tasa diaria: 6.5% / 360 = 0.01806%.
- Base de cálculo: S/ 10,000 + S/ 0 = S/ 10,000.
- Intereses (simple): S/ 10,000 × (6.5 / 100 / 360) × 278 ≈ S/ 502.08.
- Total a pagar: S/ 10,000 + S/ 502.08 = S/ 10,502.08.
Casos frecuentes y consideraciones
Deudas laborales: Siempre aplican la tasa laboral (15% para 2026), a menos que la tasa pactada sea mayor. La jurisprudencia suele aplicar capitalización en estos casos.
Intereses compensatorios: Si la deuda generaba intereses antes del vencimiento (como en un préstamo), estos se suman al capital para calcular los intereses moratorios.
Capitalización (Anatocismo): Solo es válida si está pactada por escrito. Acelera significativamente el crecimiento de la deuda.
¿Qué documento necesito?
Una vez calculado el monto total adeudado, es recomendable formalizar la cobranza. Un Reconocimiento de Deuda es ideal para que el deudor acepte formalmente el capital e intereses calculados. Para deudas derivadas de un préstamo, un Pagaré o un Contrato de Préstamo actualizado pueden ser herramientas útiles.