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Calculadora Gratis y sin registro Datos a 1 de mayo de 2022

Calculadora de Gratificación (Julio y Diciembre)

Calcula la gratificación legal (julio y diciembre) para trabajadores en Perú según su régimen (General, MYPE Pequeña o Microempresa), incluyendo asignación familiar y bonificación por EsSalud/EPS.

Tus datos

Ingresa tu remuneración bruta mensual, incluyendo bonificaciones regulares. Este es el monto base para el cálculo de la gratificación. La asignación familiar se ingresa por separado y se sumará automáticamente para formar la remuneración computable.

Marca 'Sí' si tienes hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad, y tu empleador te paga este beneficio.

Número de meses calendario completos trabajados en el semestre (ej. de enero a junio para gratificación de julio). Máximo 6.

Selecciona el régimen bajo el cual estás contratado. Es crucial para el cálculo correcto.

Selecciona tu tipo de afiliación para determinar la bonificación aplicable sobre la gratificación.

Resultado

Gratificación Neta a Recibir (Estimada) 2.836,73 PEN

Importe líquido estimado de la gratificación. El monto final puede verse afectado por descuentos legales no incluidos aquí.

Cómo se calcula

Asignación Familiar Mensual Monto calculado como el 10% de la RMV vigente (S/ 1025).
102,50 PEN
Remuneración Computable Suma de la remuneración mensual más la asignación familiar (si corresponde).
2.602,50 PEN
Gratificación Proporcional Base Gratificación correspondiente a los meses trabajados, antes de aplicar el factor del régimen.
2.602,50 PEN
Factor por Régimen Régimen General: 100%. Pequeña Empresa: 50% (media gratificación). Microempresa: 0% (sin derecho).
1
Gratificación según Régimen Gratificación después de aplicar la reducción correspondiente al régimen MYPE.
2.602,50 PEN
Porcentaje de Bonificación Porcentaje aplicable según afiliación a salud.
9 %
Bonificación Extraordinaria Bonificación calculada sobre la gratificación ya ajustada por el régimen.
234,23 PEN
Gratificación Bruta Total antes de descuentos legales (impuesto a la renta, aportes).
2.836,73 PEN
Ten en cuenta
  • Esta calculadora proporciona un estimado. El monto final está sujeto a descuentos legales (Impuesto a la Renta, aportes a AFP/SNP) que no se incluyen aquí.
  • La asignación familiar aplica solo a trabajadores con hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad, y debe ser pagada por el empleador.
  • Para el régimen MYPE, el derecho a gratificación depende de la categoría de la empresa (Micro o Pequeña). Verifica en el REMYPE la categoría vigente de tu empleador.
  • La RMV utilizada (S/ 1025) es la vigente desde mayo de 2022. Si es actualizada, el cálculo de la asignación familiar cambiará. Se recomienda verificar el valor vigente al momento del pago.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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El editor se abre con los datos de la calculadora ya puestos.

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¿Qué es la Gratificación en Perú?

La gratificación es un beneficio laboral obligatorio en Perú que se paga dos veces al año: en julio (por Fiestas Patrias) y en diciembre (por Navidad). Está regulada por la legislación laboral peruana y su cálculo varía significativamente dependiendo del régimen laboral del trabajador: Régimen General, Microempresa (MYPE Micro) o Pequeña Empresa (MYPE Pequeña).

¿Cómo se Calcula la Gratificación?

El cálculo sigue varios pasos que consideran la remuneración, el tiempo trabajado, el régimen laboral y una bonificación por salud.

1. Determinar la Remuneración Computable

Se suma la remuneración mensual bruta (sueldo y bonificaciones regulares) más la asignación familiar, si el trabajador tiene derecho a ella. La asignación familiar equivale al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV). La RMV utilizada en esta calculadora es S/ 1025, vigente desde mayo de 2022, por lo que la asignación es S/ 102.50 mensuales. Es importante verificar si la RMV ha sido actualizada al momento del cálculo.

2. Calcular la Gratificación Proporcional Base

Se toma la remuneración computable, se divide entre 6 y se multiplica por los meses completos trabajados en el semestre (máximo 6). Este es el monto que recibiría un trabajador del Régimen General por el tiempo trabajado.

3. Aplicar el Factor del Régimen Laboral

Este es el paso más importante y donde hay diferencias clave:

  • Régimen General: El trabajador tiene derecho al 100% de la gratificación proporcional base.
  • MYPE - Pequeña Empresa: El trabajador tiene derecho al 50% (la mitad) de la gratificación proporcional base. Esto se conoce como "media gratificación".
  • MYPE - Microempresa: El trabajador no tiene derecho a gratificación legal. El resultado será S/ 0.

4. Sumar la Bonificación Extraordinaria

Si el trabajador está afiliado a EsSalud, recibe una bonificación del 9% sobre el monto de gratificación obtenido en el paso anterior. Si está afiliado a una EPS, la bonificación es del 6.75%. Si no tiene afiliación, no recibe este plus.

Ejemplo Práctico: Régimen General

Carlos gana S/ 3000 al mes, tiene un hijo (derecho a asignación familiar), trabajó los 6 meses del semestre, está en régimen general y afiliado a EsSalud.

  1. Remuneración Computable: S/ 3000 + S/ 102.5 = S/ 3,102.5
  2. Gratificación Proporcional Base: S/ 3,102.5 * 6 / 6 = S/ 3,102.5
  3. Factor Régimen (General): 100% = S/ 3,102.5
  4. Bonificación (9%): S/ 3,102.5 * 9% = S/ 279.23
  5. Gratificación Bruta: S/ 3,102.5 + S/ 279.23 = S/ 3,381.73

Carlos recibiría aproximadamente S/ 3,381.73 como gratificación bruta de julio.

Ejemplo Práctico: MYPE Pequeña Empresa

Ana gana S/ 1500 al mes, no tiene asignación familiar, trabajó 4 meses, su empleador es una Pequeña Empresa (MYPE) y está afiliada a una EPS.

  1. Remuneración Computable: S/ 1500 + S/ 0 = S/ 1,500
  2. Gratificación Proporcional Base: S/ 1,500 * 4 / 6 = S/ 1,000
  3. Factor Régimen (Pequeña Empresa): 50% = S/ 1,000 * 0.5 = S/ 500
  4. Bonificación (6.75%): S/ 500 * 6.75% = S/ 33.75
  5. Gratificación Bruta: S/ 500 + S/ 33.75 = S/ 533.75

Ana recibiría S/ 533.75 como gratificación bruta.

Casos Frecuentes y Consideraciones

Gratificación Trunca

Cuando un trabajador no completa los 6 meses del semestre, tiene derecho a la parte proporcional. El cálculo siempre es: (Remuneración Computable / 6) * Meses Completos Trabajados.

Verificación del Régimen MYPE

Es responsabilidad del empleador estar inscrito en el Registro Nacional de la MYPE (REMYPE) y mantener vigente su categoría (Micro o Pequeña). El trabajador puede verificar esto solicitando información a su empleador o consultando el REMYPE.

Importancia de la Formalización Laboral

Tener un contrato de trabajo claro y actualizado es fundamental para conocer tu remuneración base, régimen aplicable y otros derechos. La formalización protege tanto al trabajador como al empleador.

Preguntas frecuentes

¿Quiénes tienen derecho a recibir gratificación?

Todos los trabajadores del sector privado bajo el Régimen General y los de Pequeñas Empresas (MYPE) tienen derecho, aunque con montos diferentes. Los trabajadores de Microempresas (MYPE) NO tienen derecho a gratificación por ley.

¿La gratificación está sujeta a descuentos?

Sí, la gratificación bruta está sujeta al descuento del Impuesto a la Renta (si el total de tus ingresos del año supera 7 UIT) y a los aportes a tu AFP o al SNP. Esta calculadora muestra el monto bruto antes de dichos descuentos.

¿Qué pasa si trabajo en una Microempresa (MYPE Micro)?

Según la Ley de la MYPE (Ley N° 28015), los trabajadores de microempresas no tienen derecho a gratificación legal. Sin embargo, el empleador puede otorgarla de forma voluntaria mediante acuerdo.

¿Cómo sé si mi empresa es Micro o Pequeña Empresa (MYPE)?

Tu empleador debe estar inscrito en el REMYPE. Puedes pedirle que te muestre su constancia de inscripción, donde se indica su categoría (Micro o Pequeña Empresa) basada en su nivel de ventas anuales y número de trabajadores.

¿Los trabajadores del hogar tienen derecho a gratificación?

Sí, los trabajadores del hogar tienen derecho a gratificación bajo las reglas del Régimen General, calculada sobre su remuneración mensual.

¿La bonificación del 9% o 6.75% es un derecho aparte?

Sí, es un derecho independiente establecido para compensar a los trabajadores afiliados al sistema de salud. Se calcula sobre el monto de la gratificación que te corresponda, después de aplicar las reglas de tu régimen laboral.