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Calculadora de IGV y Detracción Perú

Calcula el IGV (18% o 10.5%) y la detracción de un monto, ya sea con o sin impuesto incluido. Para facturas, recibos y operaciones sujetas a retención.

Tus datos

Ingrese el valor de la operación. Si el monto ya incluye IGV, marque la opción de abajo.

Seleccione si el monto base es el valor sin IGV (valor de venta) o si ya incluye el impuesto (precio de venta).

Seleccione la tasa de IGV. La tasa general vigente es del 18%. La tasa del 10.5% aplica solo a restaurantes MYPE bajo el régimen especial.

Marque si la venta o servicio está dentro de los supuestos del Régimen de Detracciones de la SUNAT (ej. construcción, transporte, algunos servicios).

Ingrese el porcentaje de detracción aplicable según el bien o servicio. Consulte la tabla de SUNAT o a su contador. Este campo es obligatorio si la operación está sujeta a detracción.

Resultado

Precio de Venta (Total) 1.180,00 PEN

Total a pagar (Valor de Venta + IGV).

Cómo se calcula

Valor de Venta Base imponible sobre la cual se calcula el IGV.
1.000,00 PEN
IGV Impuesto General a las Ventas calculado.
180,00 PEN
Base para Detracción Monto total de la operación (Valor de Venta + IGV) sobre el cual se calcula la detracción.
0,00 PEN
Monto a Detraer Importe que el comprador debe retener y depositar en el Banco de la Nación a nombre del vendedor.
0,00 PEN
Neto a recibir por el vendedor Total que efectivamente percibe el vendedor después de la detracción.
1.180,00 PEN
Ten en cuenta
  • Esta calculadora proporciona una estimación basada en las tasas vigentes. El porcentaje de detracción varía según el bien o servicio; consulte la tabla oficial de SUNAT o a su contador para confirmar el valor exacto.
  • La tasa del IGV del 10.5% aplica exclusivamente a los servicios de restaurantes prestados por MYPEs acogidas al Régimen Especial establecido por ley. La tasa general es del 18%.
  • Los resultados de montos se redondean a dos decimales.
  • Si la operación está sujeta a detracción, el campo 'Porcentaje de detracción' es obligatorio para un cálculo correcto.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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Calculadora de IGV y Detracción en Perú

El Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Régimen de Detracciones son dos componentes clave del sistema tributario peruano que afectan a la mayoría de las transacciones comerciales. Esta calculadora te ayuda a determinar rápidamente cuánto IGV corresponde a un monto, ya sea que partas del valor sin impuesto o del precio total, y a calcular el monto a detraer si la operación está sujeta a este régimen.

¿Qué es el IGV?

El IGV es un impuesto al consumo que grava la venta de bienes muebles, la prestación de servicios y los contratos de construcción. La tasa general vigente es del 18%. Existe una tasa reducida del 10.5% que aplica exclusivamente a los servicios de restaurantes prestados por las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) que se encuentran acogidas al Régimen Especial establecido por ley. Es importante verificar si tu empresa califica para este beneficio.

¿Qué es la Detracción?

La detracción es un mecanismo para asegurar el pago de tributos (principalmente el IGV y el Impuesto a la Renta) por parte del vendedor o prestador de servicios. Cuando una operación está sujeta a este régimen, el comprador debe retener un porcentaje del importe total de la operación y depositarlo en una cuenta especial del Banco de la Nación a nombre del vendedor. Este depósito se acredita posteriormente en la declaración de impuestos del vendedor. El régimen aplica a operaciones específicas listadas por la SUNAT, como las de construcción, transporte de carga y venta de ciertos productos agrícolas.

Cómo se calcula

El cálculo se realiza en los siguientes pasos:

  1. Determinar el Valor de Venta (Base Imponible): Si tienes el monto sin IGV, ese es directamente el Valor de Venta. Si tienes el monto total que incluye IGV, debes extraer el impuesto. La fórmula es: Valor de Venta = Monto Total / (1 + (Tasa IGV / 100)).
  2. Calcular el IGV: IGV = Valor de Venta * (Tasa IGV / 100).
  3. Calcular el Precio de Venta: Precio de Venta = Valor de Venta + IGV. Este es el importe total de la operación.
  4. Determinar la Detracción (si aplica): La base para la detracción es el Precio de Venta (valor de venta + IGV). Monto a Detraer = Precio de Venta * (Porcentaje de Detracción / 100).
  5. Calcular el Neto para el Vendedor: Neto = Precio de Venta - Monto a Detraer.

Ejemplo Práctico

Imagina que una empresa de construcción factura S/ 10,000 por una obra (valor sin IGV). La tasa de IGV es 18% y la operación está sujeta a detracción al 4%.

  • Valor de Venta: S/ 10,000
  • IGV (18%): S/ 1,800
  • Precio de Venta Total: S/ 11,800
  • Base para Detracción (Precio de Venta): S/ 11,800
  • Monto a Detraer (4%): S/ 472
  • Neto que recibe el constructor: S/ 11,328

El comprador pagará S/ 11,800, pero retendrá S/ 472 para depositarlos en el Banco de la Nación a nombre del vendedor. El vendedor recibirá un neto de S/ 11,328, y los S/ 472 depositados se acreditarán en su declaración de impuestos.

Casos Frecuentes

Facturación a consumidores finales: Generalmente no hay detracción. Solo debes preocuparte por calcular correctamente el IGV y emitir tu comprobante de pago.

Ventas entre empresas (B2B): Es crucial verificar si la operación está en el régimen de detracciones. Confundir esto puede generar multas por parte de SUNAT.

Servicios de restaurantes MYPE: Si calificas para el régimen especial, tu servicio estará gravado con una tasa de IGV del 10.5%. De lo contrario, aplica la tasa general del 18%.

Documentos Recomendados

Después de realizar tus cálculos, es importante formalizar la transacción. La elección del documento depende de la naturaleza de la operación:

  • Para la venta de un bien mueble (como un vehículo o maquinaria), te recomendamos un Contrato de Compraventa de Bien Mueble, donde podrás detallar el objeto, el precio, las condiciones de pago y entrega.
  • Para registrar un pago específico, ya sea por un bien o un servicio, un Recibo de Pago es el documento adecuado para dejar constancia formal de la transacción.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el valor de venta y el precio de venta?

El valor de venta es la base imponible, el monto sin IGV. El precio de venta es el total que paga el cliente, es decir, el valor de venta más el IGV.

¿Cómo sé si mi operación está sujeta a detracción?

Debe consultar los anexos de la Resolución de Superintendencia N° 097-2012/SUNAT y sus modificatorias, donde se listan los bienes y servicios sujetos, sus porcentajes y montos a partir de los cuales aplica. Su contador puede asesorarle.

¿Quiénes pueden aplicar la tasa de IGV del 10.5%?

Exclusivamente las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) que se dedican a servicios de restaurantes y que están acogidas al Régimen Especial establecido por ley. Debe verificarse el cumplimiento de los requisitos.

¿La detracción se calcula sobre el valor de venta o sobre el total?

La base para calcular la detracción es el importe total de la operación, que incluye el valor de venta más el IGV y cualquier otro concepto que forme parte del precio (como el Impuesto de Promoción Municipal, si aplicara).

¿Qué pasa si no detraigo cuando debo hacerlo?

El comprador que incumple la obligación de detraer se convierte en responsable solidario del impuesto no retenido y depositado, pudiendo recibir multas de SUNAT. Además, el gasto o costo podría no ser deducible para el comprador.

¿Los resultados de esta calculadora son válidos para presentar a SUNAT?

Esta herramienta es una guía de estimación. Los cálculos definitivos para fines tributarios deben realizarse con base en la normativa exacta y, en caso de duda, con el asesoramiento de un contador público colegiado.