Calcula tu finiquito en Ecuador según el Código del Trabajo: décimos, vacaciones, fondos de reserva, bonificación por desahucio e indemnización por despido intempestivo.
Indemnización por Despido Intempestivo en Ecuador
El despido intempestivo, aquel que no se basa en una causa justificada prevista en la ley, da derecho al trabajador a una indemnización. Esta se rige principalmente por el artículo 188 del Código del Trabajo de Ecuador. Además, independientemente de la causa del despido, el trabajador tiene derecho a una bonificación por desahucio establecida en el artículo 185. Esta calculadora te ayuda a estimar el monto total que podrías recibir en un caso de despido intempestivo.
¿Cómo se calcula la indemnización (art. 188)?
El cálculo depende del tipo de contrato y de la antigüedad del trabajador:
- Contrato indefinido:
- Si el trabajador tiene hasta 3 años de servicio, la indemnización es equivalente a tres remuneraciones mensuales completas.
- Si el trabajador tiene más de 3 años de servicio, la indemnización es de una remuneración mensual por cada año de trabajo.
- Las fracciones de año (meses o días) se cuentan como un año completo para este cálculo.
- Existe un límite máximo de 25 años computables para la indemnización.
- Contrato a plazo fijo: Si el despido es intempestivo, el trabajador tiene derecho al 50% de la remuneración que le hubiera correspondido por el tiempo que faltaba para que el contrato finalice. El tiempo faltante se calcula en meses completos. No se aplica la tabla por antigüedad en este caso.
¿Cómo se calcula la bonificación por desahucio (art. 185)?
Esta bonificación es un derecho adicional y se calcula de la siguiente manera:
- Corresponde el 25% de la última remuneración mensual por cada año de servicio.
- Al igual que en la indemnización, las fracciones de año se cuentan como un año completo.
- A diferencia de la indemnización, no existe un límite máximo de años para el cálculo de esta bonificación.
Ejemplo práctico
Imagina a un trabajador con contrato indefinido que ingresó el 15 de enero de 2020 y fue despedido el 15 de julio de 2024. Su última remuneración fue de $1,200.
- Antigüedad: Del 15/01/2020 al 15/07/2024 hay 4 años y 6 meses completos. Para el cálculo, son 5 años (4 años + 1 año por la fracción).
- Indemnización (art. 188): Como supera los 3 años, corresponde 1 remuneración por año: 5 años * $1,200 = $6,000.
- Bonificación por desahucio (art. 185): 25% por año: 5 años * 25% * $1,200 = 5 * $300 = $1,500.
- Total a pagar: $6,000 + $1,500 = $7,500.
Casos frecuentes y consideraciones
Contratos a plazo fijo: El cálculo es diferente. Si a un trabajador con salario de $1,000 le faltaban exactamente 4 meses para finalizar su contrato (por ejemplo, despido el 20 de junio y fin de contrato el 20 de octubre), la indemnización sería el 50% de lo que ganaría en ese tiempo: (4 meses * $1,000) * 50% = $2,000. A esto se suma la bonificación por desahucio por los años trabajados (contando fracciones como año completo).
Límites y exclusiones: Esta calculadora no cubre indemnizaciones mayores por despido a mujeres embarazadas, dirigentes sindicales o trabajadores con discapacidad. Tampoco incluye el pago de vacaciones no disfrutadas, décimo tercer o cuarto sueldo proporcionales, ni otros rubros de la liquidación general.
Documentos relacionados
Una vez calculados los montos, es fundamental documentar la terminación de la relación laboral. El Acta de Finiquito Laboral es el documento clave donde se detallan y saldan todas las obligaciones, incluyendo el pago de esta indemnización y bonificación. También puedes necesitar una Carta de Despido formal que notifique la decisión.