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Calculadora de liquidación laboral y finiquito Ecuador

Calcula tu finiquito en Ecuador según el Código del Trabajo: décimos, vacaciones, fondos de reserva, bonificación por desahucio e indemnización por despido intempestivo.

Tus datos

Fecha en la que comenzó la relación laboral.

Último día trabajado. Para el cálculo se considera hasta este día inclusive.

Determina si aplican indemnización (despido intempestivo) y/o bonificación por desahucio (25% por año).

Sueldo o salario mensual básico más componentes fijos y habituales (horas extras, comisiones regulares).

Determina el período de cálculo para el Décimo Cuarto Sueldo (Décima Cuarta Remuneración).

Días de descanso vacacional que ya disfrutó desde su último aniversario laboral. Si no tomó ninguno, ingrese 0.

Indique si ya recibió el pago de los décimos correspondientes al período de cálculo actual.

Indique si ya recibió el pago del fondo de reserva correspondiente al año en curso.

Resultado

Total de la liquidación (finiquito) 2.368,58 US$

Suma total de todos los rubros calculados que el empleador debe pagar al trabajador.

Cómo se calcula

Antigüedad (años completos) Años completos de servicio. Para indemnización y desahucio, las fracciones de año se cuentan como año completo.
2 años
Días de vacaciones pendientes Días de vacaciones no disfrutados en el último año.
5 días
Vacaciones no gozadas proporcionales Pago por días de vacaciones pendientes.
200,00 US$
Décimo Tercer Sueldo proporcional Parte proporcional del Décimo Tercer Sueldo por días trabajados en el período legal (1 dic - 30 nov).
1.076,67 US$
Décimo Cuarto Sueldo proporcional Parte proporcional del Décimo Cuarto Sueldo (basado en el SBU) por días trabajados en el período.
102,22 US$
Fondo de reserva proporcional Parte proporcional del fondo de reserva (8.33% de la remuneración) por días trabajados en el último año.
89,69 US$
Bonificación por desahucio (25% por año) Pago del 25% de la última remuneración por cada año de servicio. Aplica en renuncia voluntaria, desahucio, despido intempestivo y mutuo acuerdo (Art. 185 Código del Trabajo).
900,00 US$
Meses de indemnización por despido intempestivo Número de meses de remuneración correspondientes según antigüedad: hasta 3 años = 3 meses, más de 3 años = 1 mes por año (máximo 25 meses).
0
Indemnización por despido intempestivo Total a pagar por indemnización según art. 188 del Código del Trabajo.
0,00 US$
Ten en cuenta
  • Esta calculadora aplica para contratos sujetos al Código del Trabajo vigente. No incluye cálculos para trabajadores del sector público, doméstico o de la pequeña empresa con regímenes especiales.
  • El Salario Básico Unificado (SBU) para el Décimo Cuarto Sueldo se actualiza cada año. Verifica el valor vigente en el Ministerio de Trabajo.
  • Para la indemnización por despido intempestivo y la bonificación por desahucio, las fracciones de año de servicio se consideran como un año completo (redondeo hacia arriba).
  • El período de cálculo del Décimo Tercer Sueldo es del 1 de diciembre al 30 de noviembre de cada año, según el Art. 111 del Código del Trabajo.
  • Según el Art. 185 del Código del Trabajo, la bonificación por desahucio (25% por año) aplica en caso de renuncia voluntaria, desahucio, despido intempestivo y mutuo acuerdo.
  • Los resultados son una estimación. Para un cálculo oficial y la legalización del finiquito, acuda a un inspector de trabajo del Ministerio de Trabajo.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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El editor se abre con los datos de la calculadora ya puestos.

Acta de Finiquito Laboral

¿Qué es la liquidación laboral en Ecuador?

La liquidación laboral, también conocida como finiquito, es el cálculo y pago de todos los beneficios económicos que un trabajador tiene pendientes al finalizar su relación laboral con un empleador. Este pago es obligatorio según el Código del Trabajo ecuatoriano e incluye rubros como décimos sueldos proporcionales, vacaciones no gozadas, fondo de reserva y, dependiendo de la causa de terminación, indemnizaciones o bonificaciones especiales.

Rubros que componen el finiquito

Al terminar un contrato de trabajo, se deben calcular los siguientes conceptos:

  • Décimo Tercer Sueldo (13ro): Parte proporcional por los días trabajados en el último período anual, que va del 1 de diciembre al 30 de noviembre. Se calcula dividiendo la última remuneración entre 360 y multiplicando por los días laborados dentro de ese período.
  • Décimo Cuarto Sueldo (14to): Parte proporcional basada en el Salario Básico Unificado (SBU). El período de cálculo depende de la región: para la Sierra y Oriente es del 1 de agosto al 31 de julio del año siguiente; para la Costa y Galápagos, del 1 de marzo al 28 o 29 de febrero del año siguiente.
  • Vacaciones no gozadas: Pago por los días de descanso vacacional (15 días por año) que no fueron disfrutados en el último año de servicio.
  • Fondo de reserva: Aporte del empleador equivalente al 8.33% de la remuneración mensual, acumulado de forma proporcional por los días trabajados en el último año.
  • Bonificación por desahucio: Según el Art. 185 del Código del Trabajo, en caso de renuncia voluntaria, desahucio, despido intempestivo o mutuo acuerdo, el trabajador tiene derecho al 25% de su última remuneración por cada año de servicio.
  • Indemnización por despido intempestivo: Si el despido es sin causa justa, el trabajador recibe una indemnización adicional. Para antigüedad de hasta 3 años, corresponde 3 meses de salario. Para más de 3 años, corresponde 1 mes por cada año de servicio, con un máximo de 25 meses.

Ejemplo de cálculo paso a paso

Imaginemos a María, quien trabajó en la Sierra desde el 15 de mayo de 2024 hasta el 20 de octubre de 2026, con un sueldo de $1200. Renunció voluntariamente, ya tomó 10 días de vacaciones y no ha recibido sus décimos ni fondo de reserva del último año.

  1. Antigüedad: 2 años completos (para desahucio se redondea a 2 años).
  2. Vacaciones pendientes: 15 días anuales - 10 días tomados = 5 días. Valor día: $1200 / 30 = $40. Total: 5 * $40 = $200.
  3. Décimo Tercero: Período: 1 dic 2025 al 30 nov 2026. Días trabajados desde 1 dic 2025 al 20 oct 2026: 324 días. Cálculo: ($1200 / 360) * 324 = $1080.
  4. Décimo Cuarto: Período Sierra 2026-2027: 1 ago 2026 a 31 jul 2027. Como salió el 20 oct 2026, los días trabajados en ese período son del 1 ago 2026 al 20 oct 2026 = 80 días. SBU 2026 = $460. Cálculo: ($460 / 360) * 80 = $102.22.
  5. Fondo de reserva: 8.33% de $1200 = $99.96 por mes. Proporcional por los 324 días del período del 13ro: $99.96 * 324 / 360 = $89.96.
  6. Bonificación por desahucio: 25% de $1200 = $300 por año. Por 2 años: $300 * 2 = $600.
  7. Indemnización por despido: No aplica por renuncia.
  8. Total finiquito: $200 + $1080 + $102.22 + $89.96 + $600 = $2072.18.

María recibiría aproximadamente $2072.18 como liquidación final, incluyendo la bonificación por desahucio a la que tiene derecho por su renuncia.

Casos frecuentes y particularidades

Renuncia voluntaria: Se pagan los rubros proporcionales (décimos, vacaciones, fondo de reserva) y la bonificación por desahucio del 25% por año de servicio, según el Art. 185 del Código del Trabajo.

Desahucio: Es una forma de terminación donde el trabajador renuncia pero recibe la misma bonificación del 25% por año, además de los rubros proporcionales.

Despido intempestivo: El empleador termina el contrato sin causa justificada. El trabajador recibe la indemnización establecida en el Art. 188 del Código del Trabajo (3 meses hasta 3 años, luego 1 mes por año) y además la bonificación por desahucio del 25% por año.

Mutuo acuerdo o visto bueno: Las partes acuerdan la terminación. Por ley, se deben pagar los rubros proporcionales y la bonificación por desahucio del 25% por año, a menos que se pacte expresamente lo contrario en el acuerdo.

Documentación posterior al cálculo

Una vez calculados los montos, es fundamental formalizar la terminación. El documento principal es el Acta de Finiquito Laboral, donde ambas partes detallan los montos pagados y declaran que no existen obligaciones pendientes. Este acta debe ser legalizada ante un inspector del Ministerio de Trabajo para tener validez legal y evitar futuros reclamos. También puede ser necesario redactar una Notificación de Terminación de Contrato o una Carta de Renuncia Voluntaria, según el caso.

Te recomendamos utilizar nuestros documentos legales para formalizar este proceso de manera correcta y segura.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre renuncia y desahucio?

En la práctica, ambas son iniciativas del trabajador para terminar la relación laboral. La diferencia histórica es que el 'desahucio' solía conllevar una indemnización pactada. Sin embargo, según el Art. 185 del Código del Trabajo vigente, en ambos casos (renuncia voluntaria y desahucio) el trabajador tiene derecho a la misma bonificación del 25% de su última remuneración por cada año de servicio, además de los rubros proporcionales.

¿Cómo se calculan los años de servicio para la indemnización?

Para la indemnización por despido intempestivo y la bonificación por desahucio, los años de servicio se cuentan completos, redondeando hacia arriba. Si trabajó 1 año y 6 meses, se considera 2 años para el cálculo. La antigüedad se mide desde la fecha de ingreso hasta la fecha de salida.

¿El Décimo Cuarto Sueldo es lo mismo que el Salario Básico Unificado (SBU)?

Sí, el monto base para calcular el Décimo Cuarto Sueldo es el Salario Básico Unificado (SBU) vigente, establecido cada año por el Ministerio de Trabajo. El trabajador recibe la parte proporcional de este SBU por los días trabajados dentro del período de cálculo correspondiente a su región (1 ago-31 jul para Sierra; 1 mar-28 feb para Costa).

¿Puedo calcular mi finiquito si aún no he salido de la empresa?

Sí, esta calculadora te permite simular diferentes escenarios. Sin embargo, el cálculo oficial y el pago deben realizarse una vez confirmada la fecha exacta de salida y la causa de terminación.

¿Qué debo hacer si mi empleador se niega a pagar la liquidación?

Debes acudir a la Inspectoría del Trabajo del Ministerio de Trabajo más cercana a tu domicilio o lugar de trabajo para presentar una denuncia y solicitar la legalización del finiquito. Es recomendable llevar todos los comprobantes de pago y tu contrato de trabajo.

¿Los resultados de esta calculadora son oficiales?

No, esta calculadora proporciona una estimación basada en la normativa laboral. Para un cálculo oficial y la legalización del acta de finiquito, es necesario el aval de un inspector del Ministerio de Trabajo, quien revisará todos los detalles de tu caso particular.