Calcula tu finiquito en Ecuador según el Código del Trabajo: décimos, vacaciones, fondos de reserva, bonificación por desahucio e indemnización por despido intempestivo.
¿Qué es el décimo tercer sueldo en Ecuador?
El décimo tercer sueldo, también conocido como decimotercera remuneración, es un beneficio laboral establecido en el Código del Trabajo de Ecuador. Consiste en el pago de una doceava parte de la totalidad de las remuneraciones percibidas por el trabajador durante el período de cálculo anual, que va del 1 de diciembre al 30 de noviembre. Este beneficio tiene como fecha límite de pago el 24 de diciembre de cada año.
Todos los trabajadores en relación de dependencia, incluidos los trabajadores domésticos, tienen derecho a este beneficio. Es importante no confundirlo con el décimo cuarto sueldo, que es un beneficio diferente basado en el Salario Básico Unificado (SBU).
¿Cómo se calcula el décimo tercer sueldo?
El cálculo sigue una regla simple establecida en el Artículo 111 del Código del Trabajo:
- Para un año completo de trabajo: Se suman todas las remuneraciones percibidas entre el 1 de diciembre y el 30 de noviembre (sueldos, horas extras, comisiones, bonos, etc.). Luego, se divide ese total entre 12. El resultado es el monto del décimo tercer sueldo.
- Para un período parcial: Si el trabajador no laboró todo el período anual, se calcula la fracción del año trabajada. La práctica común y aceptada es considerar los meses completos trabajados. Si el trabajador ingresó después del día 15 de un mes, ese mes no se cuenta. El décimo tercero proporcional es la doceava parte de las remuneraciones totales, multiplicada por la fracción de meses trabajados sobre 12.
- Pago mensualizado: A solicitud del trabajador, el empleador puede pagar la doceava parte cada mes. En diciembre, se liquida la diferencia entre el décimo tercero proporcional calculado y lo ya pagado durante el año. Si lo pagado excede lo calculado, no hay devolución.
Ejemplo de cálculo
María trabajó todo el período anual (del 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026) y percibió un total de $18,000 en remuneraciones.
- Décimo tercero bruto anual: $18,000 ÷ 12 = $1,500.
- Como trabajó el 100% del período, su décimo tercero proporcional es $1,500.
- Si no optó por la mensualización, recibirá $1,500 hasta el 24 de diciembre de 2026.
Pedro ingresó el 1 de junio de 2026 y salió el 30 de noviembre de 2026. En ese período percibió $9,000.
- Décimo tercero bruto anual (con sus remuneraciones): $9,000 ÷ 12 = $750.
- Meses trabajados: 6 (junio a noviembre, inclusive).
- Proporción trabajada: 6 ÷ 12 = 0.5.
- Décimo tercero proporcional: $750 × 0.5 = $375.
- Pedro recibirá $375 como décimo tercero proporcional.
Casos frecuentes
- Trabajadores domésticos: También tienen derecho al décimo tercer sueldo, calculado sobre el total de remuneraciones pagadas durante el año.
- Fin de relación laboral: Si el contrato termina antes del 30 de noviembre, el trabajador tiene derecho al décimo tercero proporcional a los meses trabajados en ese período anual. Este pago debe incluirse en el finiquito.
- Mensualización: Es una opción que debe ser solicitada por el trabajador y aceptada por el empleador. Facilita la liquidez mensual pero no altera el monto total anual.
Documentos relacionados
Una vez calculado su décimo tercer sueldo, es posible que necesite formalizar el pago o el fin de su relación laboral. Le recomendamos:
- Acta de Finiquito Laboral: Si su contrato ha terminado, este documento es esencial para certificar que todas las obligaciones, incluido el pago del décimo tercero proporcional, han sido saldadas.
- Contrato Individual de Trabajo Indefinido: Para formalizar una nueva relación laboral y establecer claramente los términos, incluidos los beneficios como el décimo tercero.