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Cálculo de vacaciones y su pago en Ecuador

Calcula los días de vacaciones generados según tu antigüedad, descuenta los ya gozados y obtiene el valor en dólares de los días pendientes, útil para el finiquito. Para trabajadores y empleadores en Ecuador.

Tus datos

Día en que empezó la relación laboral con el empleador actual (la que consta en el contrato o en el aviso de entrada al IESS).

Fecha hasta la que quieres calcular: la de terminación de la relación laboral si es para el finiquito, o la fecha de hoy si solo quieres saber tu saldo.

Lo que percibes de forma regular cada mes (sueldo y componentes fijos). No incluyas horas suplementarias o extraordinarias ni beneficios ocasionales.

Total de días de vacaciones que ya has gozado desde el ingreso, contando días corridos (incluyen sábados, domingos y feriados). Si no has tomado ninguno, deja 0.

Resultado

Valor a pagar por las vacaciones pendientes 1.055,34 US$

Importe bruto de los días pendientes, que se paga en el finiquito si termina la relación laboral.

Cómo se calcula

Años completos de servicio Años enteros cumplidos entre el ingreso y la fecha de corte.
3 años
Días generados en los años completos 15 días por cada año completo más los días adicionales por antigüedad.
45
Días que corresponden al año de servicio en curso Días de vacaciones que daría el año en curso si se completara.
15
Días proporcionales del año en curso Parte proporcional de las vacaciones del año aún no cumplido.
9,58
Total de días de vacaciones generados Suma de años completos y proporcional del año en curso.
54,58
Días de vacaciones pendientes Días generados menos los ya gozados.
39,58
Valor de un día de vacaciones Remuneración mensual dividida para 30.
26,67 US$
Ten en cuenta
  • Los días adicionales por antigüedad se aplican desde el sexto año de servicio: el período 6 suma 1 día, el 7 suma 2, y así hasta un máximo de 15 días adicionales (30 días en total por período). Si tu empresa o contrato colectivo reconoce más, el resultado será mayor.
  • Los 15 días son corridos e incluyen sábados, domingos y feriados; por eso el valor diario se calcula dividiendo la remuneración para 30.
  • El valor se basa en la remuneración mensual que ingresas. Excluye horas suplementarias y extraordinarias y beneficios ocasionales. Si tu remuneración varió, usa la que corresponda al período.
  • La parte proporcional del año en curso se calcula por días transcurridos desde el último aniversario de ingreso. Algunos empleadores usan años de 360 días y pueden obtener diferencias de centésimas.
  • La ley permite acumular vacaciones hasta por 3 períodos consecutivos. Esta calculadora no verifica ese límite; revisa tu saldo si acumulas más.
  • Las vacaciones solo se compensan en dinero cuando termina la relación laboral (o en los casos que la ley permite). Mientras trabajas, deben gozarse.
  • El resultado es un importe bruto. No descuenta aportes al IESS ni otras deducciones, y no incluye otros rubros del finiquito (décimos, desahucio, indemnizaciones).
  • Los datos son los ingresados por ti. No contempla suspensiones de la relación laboral ni acuerdos particulares.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

Prepara ahora el documento

Con el resultado ya calculado puedes rellenar el documento al momento.

Solicitud de Vacaciones

Qué son las vacaciones en Ecuador y cuántos días corresponden

Según el Código del Trabajo, todo trabajador tiene derecho a gozar cada año de un período ininterrumpido de 15 días de descanso, y esos días incluyen los no laborables (sábados, domingos y feriados). Quien lleva más de cinco años con el mismo empleador suma un día adicional por cada año excedente, hasta un máximo de 15 días adicionales. Las vacaciones se pagan con la remuneración que el trabajador percibe normalmente.

Cómo se calcula

La calculadora sigue estos pasos:

  1. Años completos de servicio: se cuentan los años cumplidos entre la fecha de ingreso y la fecha de corte.
  2. Días de los años completos: 15 días por cada año, más los días adicionales por antigüedad. El sexto año suma 1 día, el séptimo 2, y así sucesivamente hasta 15 días adicionales.
  3. Proporcional del año en curso: si el último año no está completo, se toman los días que le corresponderían y se multiplican por la fracción del año transcurrida desde el último aniversario de ingreso.
  4. Descuento de los días gozados: al total generado se le restan los días de vacaciones ya tomados.
  5. Valor a pagar: los días pendientes se multiplican por el valor de un día, que es la remuneración mensual dividida para 30.

La remuneración que se usa es la que el trabajador percibe de forma regular. No se incluyen las horas suplementarias o extraordinarias ni los beneficios ocasionales.

Ejemplo resuelto

Una persona ingresó el 20 de octubre de 2018 y quiere calcular su saldo al 20 de abril de 2026. Su remuneración es de 900 USD y ya gozó 90 días de vacaciones.

  • Tiene 7 años completos: 7 × 15 = 105 días, más 3 días adicionales (1 del sexto año y 2 del séptimo), es decir, 108 días.
  • El octavo año en curso le daría 18 días (15 + 3). Han transcurrido 182 de 365 días, así que el proporcional es de unos 8,98 días.
  • Total generado: unos 116,98 días. Al restar los 90 gozados, quedan unos 26,98 días pendientes.
  • Un día vale 900 / 30 = 30 USD, por lo que el valor es de aproximadamente 809,26 USD.

Casos frecuentes

Terminación de la relación laboral

Si el contrato termina por cualquier causa, el empleador debe pagar en el finiquito las vacaciones no gozadas, incluida la parte proporcional del último año. Usa como fecha de corte la de terminación.

Acumulación de períodos

El trabajador puede acumular vacaciones hasta por tres períodos consecutivos, siempre que lo acuerde por escrito con el empleador. Si el saldo supera ese límite, conviene regularizarlo cuanto antes con la empresa.

Fraccionamiento

Las vacaciones se gozan en un período continuo, pero la ley permite dividirlas por acuerdo de las partes cuando el trabajador lo solicita. Los días tomados en partes se suman en el campo de días ya gozados.

Remuneración variable

Si tu ingreso cambia de un mes a otro, usa la remuneración regular, sin horas extras ni beneficios ocasionales. Es la base que indica la norma.

Qué documento preparar después

Si vas a tomar tus vacaciones, lo habitual es presentar una solicitud de vacaciones con las fechas de inicio y fin y los días solicitados. Si la relación laboral termina, el valor calculado se incluye en el acta de finiquito laboral. Si estás formalizando una nueva relación, el contrato individual de trabajo indefinido recoge la fecha de inicio y la remuneración que luego sirven de base para este cálculo.

Qué conviene recordar

El resultado de la calculadora es un importe bruto y orientativo. No descuenta aportes al IESS, no incluye otros rubros del finiquito y no contempla acuerdos particulares, como contratos colectivos que reconozcan más días. Guarda siempre la constancia escrita de las fechas en que gozaste tus vacaciones, porque es la mejor prueba del saldo pendiente.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden al año en Ecuador?

15 días por cada año de servicio, contados como días corridos (incluyen fines de semana y feriados). Desde el sexto año se suma 1 día por cada año excedente, hasta un máximo de 15 días adicionales.

¿Cómo se calcula el pago de vacaciones no gozadas?

Se divide la remuneración mensual para 30 para obtener el valor de un día y se multiplica por los días pendientes, incluida la parte proporcional del último año. No se incluyen horas extras ni beneficios ocasionales.

¿Me pagan las vacaciones en dinero si sigo trabajando?

Por regla general no. Las vacaciones deben gozarse. Solo se compensan en dinero cuando termina la relación laboral, en el finiquito, o en los casos que la ley permite.

¿Puedo acumular vacaciones?

Sí, hasta por tres períodos consecutivos, siempre que se haga de acuerdo con el empleador y por escrito. Más allá de ese límite conviene programar el goce de los días atrasados.

¿Qué pasa si renuncio o me despiden antes de cumplir el año?

Tienes derecho al pago proporcional de las vacaciones generadas hasta la fecha de salida, calculadas por el tiempo trabajado en el año en curso, menos los días que ya hayas gozado.

¿El resultado incluye descuentos del IESS?

No. La calculadora muestra el importe bruto. Las deducciones y los demás rubros del finiquito, como décimos o desahucio, se calculan aparte.