La indemnización por despido intempestivo es el pago que debe hacer el empleador cuando termina el contrato sin causa justificada y sin seguir el trámite legal. Su monto lo fija el artículo 188 del Código del Trabajo según tus años de servicio y se calcula sobre tu última remuneración. Además, el empleador debe pagar el resto de haberes de la liquidación.
¿Qué es un despido intempestivo según el Código del Trabajo?
Es la terminación del contrato por decisión unilateral del empleador, sin que exista una causa legal y sin haber tramitado un visto bueno. Dicho de otro modo: te dicen que ya no trabajas más, pero sin un motivo que la ley reconozca. En ese caso nace tu derecho a la indemnización.
Conviene no confundirlo con otras formas de terminar la relación laboral:
| Figura | Quién la inicia | Idea clave |
|---|---|---|
| Despido intempestivo | Empleador | Sin causa legal ni visto bueno; genera indemnización (art. 188). |
| Desahucio laboral | Trabajador o empleador | Aviso escrito de que se quiere terminar el contrato, con la anticipación que fije la ley (art. 185). |
| Visto bueno | Empleador o trabajador | Se solicita ante la autoridad laboral alegando una causa que la ley admite. |
¿Y el despido ineficaz?
El despido ineficaz es el que la ley no permite surtir efecto porque afecta a personas con protección especial. Es el caso, por ejemplo, de trabajadoras embarazadas o en lactancia y de dirigentes sindicales. Si ocurre, la consecuencia no se limita a pagar: el trabajador puede pedir su reintegro. Revisa en la norma vigente los supuestos exactos.
¿Cuánto corresponde de indemnización por despido intempestivo?
El monto no es un porcentaje fijo sobre el sueldo. El artículo 188 del Código del Trabajo establece una escala en función de los años de servicio, expresada en meses de remuneración, y fija un máximo. Por eso el dato que más pesa es tu antigüedad con ese empleador.
La fórmula, en términos generales
El cálculo siempre sigue la misma lógica:
- Base: tu última remuneración mensual, la que consta como la más reciente en el contrato y en el rol de pagos.
- Multiplicador: el número de meses que la escala del artículo 188 asigna a tus años de servicio.
- Resultado: base × meses de la escala, sin superar el tope legal.
Consulta en el texto vigente del Código del Trabajo la escala y el tope actualizados antes de dar una cifra por cerrada.
Fracciones de año
Si tu tiempo de servicio no es un número exacto de años, la forma de contar la fracción la define el propio artículo 188. No asumas que se prorratea día a día: revisa cómo la norma computa esa fracción para tu caso.
Un ejemplo con la estructura del cálculo
Imagina que tu última remuneración mensual fuera X y que, según la escala, tu antigüedad corresponde a N meses. La indemnización sería X multiplicado por N. Si N superara el máximo legal, se pagaría solo hasta ese máximo. Sustituye X y N por tus datos reales para obtener tu cifra.
¿Qué otros conceptos se pagan en una liquidación por despido?
Además de la indemnización, el empleador debe liquidar todo lo que ya habías generado. La indemnización no reemplaza estos haberes: se suman a ella.
- Remuneración pendiente: los días trabajados y no pagados.
- Décimo tercer sueldo proporcional: la parte generada en el período que corre hasta la salida.
- Décimo cuarto sueldo proporcional: igualmente, la parte del período en curso.
- Vacaciones no gozadas: los días acumulados que no tomaste, en la proporción que corresponda.
- Fondo de reserva: solo si no lo recibías cada mes junto con tu sueldo o no se acreditó al IESS.
- Bonificación por desahucio: prevista en el artículo 185. En un despido intempestivo se suele reclamar además de la indemnización, no en lugar de ella; verifícalo en la norma vigente.
Si quieres el detalle de cada rubro, lo tienes en Cómo calcular la liquidación laboral en Ecuador.
Pasos para calcular tu indemnización por despido intempestivo
- Reúne los datos. Necesitas tu última remuneración mensual, la fecha de ingreso, la fecha de salida y tus roles de pago.
- Calcula el tiempo de servicio. Cuenta los años completos y anota la fracción restante.
- Aplica la escala del artículo 188. Busca cuántos meses corresponden a tu antigüedad y multiplica por tu última remuneración. Comprueba que no pase del tope.
- Suma los demás conceptos. Añade décimos proporcionales, vacaciones, fondo de reserva si aplica y la bonificación por desahucio.
- Verifica el resultado. Contrasta tu cuenta con la Calculadora de Indemnización por Despido Intempestivo en Ecuador y, para el finiquito completo, con la Calculadora de liquidación laboral y finiquito Ecuador.
Documentos necesarios para formalizar la terminación laboral
Qué documento corresponde depende de quién termina el contrato y por qué. Estas son las opciones más habituales:
- Despido por parte del empleador: la Carta de Despido deja constancia escrita de la decisión. Para el trabajador es la prueba más útil de que hubo despido.
- Comunicación formal de terminación: la Notificación de Terminación de Contrato de Trabajo es otra vía para comunicar por escrito el fin de la relación.
- Terminación por causa legal: la solicitud de visto bueno se presenta ante la autoridad laboral. Si se concede, no hay despido intempestivo.
- Aviso de terminación: la Carta de Desahucio Laboral formaliza el aviso previo cuando es el trabajador quien decide terminar el contrato.
La diferencia importante es probatoria: lo que queda por escrito y con fecha cierta se puede demostrar después ante la autoridad.
¿Qué hacer si no te pagan la indemnización por despido?
Lo primero es guardar pruebas y reclamar por escrito. Después puedes acudir a la vía administrativa y, si no hay solución, a la judicial. No esperes demasiado: los derechos laborales prescriben en el plazo que fije la normativa vigente, así que confirma ese plazo cuanto antes.
Vías de reclamo
- Reclamo directo: pide por escrito el pago de la indemnización y de la liquidación, y conserva copia con fecha de recepción.
- Ministerio del Trabajo: puedes presentar el caso ante la autoridad laboral para intentar un acuerdo.
- Demanda laboral: si no hay acuerdo, se reclama ante la autoridad judicial competente en materia laboral.
Por qué importa tener el despido por escrito
Si el empleador te despide de palabra, tendrás que probar que el despido ocurrió. Guarda la carta o notificación, mensajes, correos, tu rol de pagos y el contrato. Si no te entregan nada, deja constancia de lo sucedido cuanto antes y reúne testigos o mensajes que lo respalden.
Siguiente paso
Reúne tu contrato, tus últimos roles de pago y las fechas de ingreso y salida. Con esos datos calcula tu indemnización y tu liquidación, y compara el resultado con lo que te ofrece el empleador. Si hay diferencias, reclámalas por escrito y conserva toda la evidencia.