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Calculadora de retención en la fuente para Colombia

Calcula la retención en la fuente mensual para empleados y contratistas en Colombia, según el Artículo 383 del Estatuto Tributario y la UVT vigente.

Tus datos

Ingresa el valor total devengado en el mes antes de cualquier descuento.

Suma de los aportes obligatorios a salud y pensión que realizas en el mes. Para contratistas, este valor suele ser el 28.5% (16% pensión + 12.5% salud) del 40% del ingreso bruto, o el valor real de sus aportes si es diferente.

Personas que dependen económicamente de ti (hijos menores de 25 años, cónyuge sin ingresos, padres mayores de 60 sin ingresos).

Monto total pagado por intereses de crédito hipotecario para vivienda propia en el año. Se divide entre 12 para el cálculo mensual.

Valor oficial de la Unidad de Valor Tributario para el año gravable. Consulta el último valor en la página de la DIAN. El valor por defecto es el último oficial conocido (2025). Para 2026, verifica la publicación oficial.

Resultado

Retención en la fuente mensual (COP) 0,00 COP

Valor a retener según la normativa de la DIAN.

Cómo se calcula

Deducción por dependientes (COP) Se otorgan 4 UVT por cada dependiente económico.
416.000,00 COP
Deducción por intereses de vivienda (COP) El límite anual es de 1.200 UVT, se divide entre 12 para el cálculo mensual.
0,00 COP
Exención del 25% de renta laboral (COP) 25% del ingreso laboral neto, con un límite máximo de 240 UVT mensuales. Aplica tanto a salarios como a honorarios.
1.046.000,00 COP
Base gravable mensual (COP) Ingreso laboral neto menos la exención del 25% (limitada a 240 UVT).
3.138.000,00 COP
Tasa marginal aplicable (%) Tasa correspondiente al tramo en el que se ubica la base gravable.
0 %
Ingreso neto mensual (COP) Ingreso bruto menos aportes a seguridad social y retención en la fuente.
4.600.000,00 COP
Ten en cuenta
  • Esta calculadora proporciona una estimación de la retención en la fuente mensual según el Artículo 383 del ET. Para declaraciones anuales de renta se deben considerar otros ingresos y deducciones.
  • El valor de la UVT cambia cada año. El valor por defecto (52.000 COP) es el último oficial conocido (2025). Para el año gravable 2026, verifica el valor oficial publicado por la DIAN.
  • La exención del 25% de la renta laboral neta aplica tanto a salarios como a honorarios, con un límite mensual de 240 UVT.
  • Para contratistas, los aportes a salud y pensión se calculan generalmente sobre el 40% del ingreso bruto (16% para pensión y 12.5% para salud a cargo del contratista).

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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El editor se abre con los datos de la calculadora ya puestos.

Cuenta de cobro

¿Qué es la retención en la fuente en Colombia?

La retención en la fuente es un mecanismo mediante el cual un agente retenedor (generalmente un empleador o cliente) descuenta y paga anticipadamente un porcentaje del impuesto sobre la renta de un contribuyente. Se aplica principalmente a salarios, honorarios por servicios profesionales, arrendamientos y otros ingresos. Su objetivo es facilitar la recaudación del impuesto de renta a lo largo del año.

Cómo se calcula la retención en la fuente sobre rentas de trabajo

El cálculo para salarios y honorarios sigue los lineamientos del Artículo 383 del Estatuto Tributario y se realiza en los siguientes pasos:

  1. Determinar el ingreso laboral neto: Al ingreso bruto mensual se le restan las deducciones permitidas por ley: aportes obligatorios a salud y pensión, deducción por dependientes económicos (4 UVT por cada uno), y la porción mensual de la deducción por intereses de crédito hipotecario para vivienda propia (límite anual de 1.200 UVT).
  2. Aplicar la exención del 25%: Sobre el ingreso laboral neto resultante, se calcula el 25% como renta exenta. Esta exención tiene un tope máximo mensual de 240 UVT. Aplica tanto a salarios como a honorarios.
  3. Obtener la base gravable: Al ingreso laboral neto se le resta la exención del 25% (limitada). El resultado es la base gravable mensual sobre la cual se calculará el impuesto.
  4. Calcular el impuesto con tarifa progresiva: La base gravable se convierte a UVT dividiendo por el valor de la UVT vigente. Sobre esta base en UVT se aplica la tabla de tramos del Artículo 383, que establece una tarifa progresiva.
  5. Convertir a pesos: El resultado del impuesto en UVT se multiplica por el valor de la UVT para obtener el valor de la retención en la fuente en pesos colombianos.

Ejemplo paso a paso para un contratista

Carlos es ingeniero independiente. En un mes factura $8.000.000 COP. Sus aportes a salud y pensión ascienden a $912.000 (calculados sobre el 40% del ingreso). No tiene dependientes ni intereses hipotecarios. La UVT vigente es $52.000.

  • Ingreso laboral neto: $8.000.000 - $912.000 = $7.088.000.
  • Exención del 25%: 25% de $7.088.000 = $1.772.000. Límite en UVT: 240 UVT * $52.000 = $12.480.000. Como $1.772.000 es menor al límite, se toma completo.
  • Base gravable: $7.088.000 - $1.772.000 = $5.316.000.
  • Base gravable en UVT: $5.316.000 / $52.000 = 102,23 UVT.
  • Cálculo del impuesto: Según la tabla, los primeros 95 UVT no pagan. Los siguientes 7,23 UVT (102,23 - 95) pagan a la tasa del 19%.
  • Impuesto en UVT: 0 + (7,23 * 19%) = 1,3737 UVT.
  • Retención a pagar: 1,3737 UVT * $52.000 = $71.432 COP.

Casos frecuentes y consideraciones

Empleados con ingresos moderados: Si después de la exención del 25% la base gravable es baja, es posible que no supere el primer tramo de la tabla (95 UVT) y no haya retención.

Contratistas con altos ingresos: La ausencia de una base exenta fija adicional significa que la retención puede ser significativa, especialmente si sus deducciones son bajas.

Importancia de la UVT: El valor de la Unidad de Valor Tributario es actualizado anualmente por el gobierno. Usar un valor incorrecto distorsiona completamente el cálculo. Siempre verifica el valor oficial en la DIAN.

Documentos relacionados

Después de calcular tu retención, es importante formalizar los pagos. Para contratistas independientes, el documento principal es la Cuenta de cobro, donde se detalla el servicio, el valor bruto, la retención aplicada y el neto a pagar. También puedes considerar un Contrato de prestación de servicios para establecer los términos de la relación con tu cliente.

Para empleados, la relación se formaliza mediante un Contrato de trabajo a término indefinido, donde se estipula el salario y las condiciones laborales. La retención en la fuente aparecerá reflejada en la nómina mensual.

Preguntas frecuentes

¿La retención en la fuente es lo mismo que el impuesto de renta?

No exactamente. La retención en la fuente es un pago anticipado del impuesto de renta. Al final del año, cuando se presente la declaración de renta, estos pagos se descuentan del impuesto total a cargo. Puede resultar en un saldo a favor o a cargo del contribuyente.

¿La exención del 25% aplica para los honorarios?

Sí. Según el Artículo 383 del Estatuto Tributario, la renta exenta del 25% del ingreso laboral neto, con un límite de 240 UVT mensuales, aplica tanto a los salarios como a los honorarios por servicios. Es un concepto unificado para las rentas de trabajo.

¿Cómo sé cuánto valen las UVT este año?

La DIAN publica anualmente el valor de la UVT. Puedes consultarlo en su página web oficial (www.dian.gov.co) en la sección de UVT. Es fundamental usar el valor correcto para el año gravable que estás calculando.

¿Los aportes a salud y pensión son deducibles siempre?

Sí, los aportes obligatorios al sistema de salud y pensión son deducibles en su totalidad para el cálculo del ingreso laboral neto, tanto para empleados como para contratistas independientes.

¿Puedo deducir otros conceptos como educación o salud prepagada en este cálculo mensual?

No. Para el cálculo mensual de la retención en la fuente sobre rentas de trabajo, solo se consideran las deducciones por dependientes, intereses de vivienda y la exención del 25%. Otras deducciones (como educación, donaciones, salud prepagada) solo se toman en cuenta al momento de presentar la declaración anual de renta.

¿Qué documento necesito para que me paguen como contratista?

El documento más común es la Cuenta de cobro, donde especificas los servicios, el valor y la retención aplicada. También es recomendable tener un Contrato de prestación de servicios que establezca los términos de la relación con el cliente.