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Calculadora de Vacaciones Proporcionales y Feriado Progresivo

Calcula los días de vacaciones y feriado progresivo que te corresponden al terminar un trabajo en Chile, según tu tiempo de servicio y años cotizados.

Tus datos

Primer día trabajado en la empresa actual.

Último día trabajado. Si aún estás trabajando, usa la fecha hasta la que quieres calcular.

Años completos de cotización en AFP anteriores a este empleo, para calcular el feriado progresivo. Déjalo en 0 si no aplica.

Días de vacaciones que ya disfrutaste desde tu último aniversario de ingreso (o desde la fecha de ingreso si es menos de un año). Si tomaste más de lo proporcional, el resultado de días a pagar será 0 y no se descontará de tu finiquito.

Sueldo diario. Se calcula dividiendo la remuneración mensual (sueldo base más otras asignaciones fijas y permanentes) por 30. Si tu remuneración incluye componentes variables, el cálculo puede ser más complejo y deberías consultar con tu empleador.

Resultado

Días de vacaciones totales a pagar 4,2

Días que el empleador debe pagar en el finiquito (proporcionales + progresivo - ya tomados). Si es negativo, se muestra 0.

Cómo se calcula

Vacaciones proporcionales (días) Días de vacaciones que corresponden por el tiempo trabajado en el año.
9,2
Días de feriado progresivo Días adicionales por años de cotización (primer día a los 13 años, luego cada 3 años).
0
Monto total a pagar por vacaciones Valor en pesos chilenos de los días de vacaciones a pagar.
139.999 CLP
Ten en cuenta
  • Esta calculadora no considera los feriados legales para el cómputo de días hábiles, ya que las vacaciones se pagan en dinero, no en días de descanso.
  • El cálculo del feriado progresivo requiere que los años cotizados previos sean en el mismo régimen de AFP y estén debidamente acreditados.
  • Si ya tomaste más días de vacaciones de los que te corresponden proporcionalmente, el resultado será 0 días a pagar. No se descuenta del finiquito.
  • El resultado es una estimación. Para un cálculo definitivo, consulta con tu empleador o un especialista en liquidaciones.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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El editor se abre con los datos de la calculadora ya puestos.

Carta de Renuncia Voluntaria
También te puede hacer falta

Cómo se calculan las vacaciones proporcionales y el feriado progresivo en Chile

Al finalizar una relación laboral en Chile, ya sea por renuncia, despido o término de contrato, el trabajador tiene derecho a que se le paguen las vacaciones proporcionales que haya generado y, si cumple los requisitos, el feriado progresivo. Estos conceptos son parte esencial del finiquito y su cálculo está regulado por el Código del Trabajo. Conocer cómo se determinan te permite verificar que tu liquidación final sea correcta.

¿Qué son las vacaciones proporcionales?

Todo trabajador con contrato indefinido o a plazo fijo superior a un año tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones por cada año completo de servicio. Cuando el contrato termina antes de que el trabajador cumpla un año en la empresa, o en el transcurso de un año posterior, no se pierde este derecho. En su lugar, se calcula la parte proporcional de esos 15 días que corresponde al tiempo efectivamente trabajado en el año en curso. La fórmula legal es: (Días trabajados en el año / 365) * 15 días legales. Los "días trabajados" se cuentan desde el último aniversario de ingreso hasta la fecha de término, o desde el ingreso si es menos de un año.

¿Qué es el feriado progresivo?

Es un beneficio adicional establecido para reconocer la antigüedad en el sistema de cotizaciones. No depende de un solo empleador, sino de la trayectoria total del trabajador. Según el Artículo 68 del Código del Trabajo, para tener derecho al feriado progresivo se requieren al menos 10 años de cotización (sumando todos los empleos). Luego, por cada tres años completos de cotización adicionales a los 10 años mínimos, se otorga un día extra de vacaciones. Así, el primer día adicional se obtiene al cumplir 13 años de cotización (10 + 3), el segundo a los 16 años (10 + 3 + 3), y así sucesivamente.

Ejemplo práctico paso a paso

Imaginemos a Carlos, un trabajador que ingresó a su actual empleo el 15 de enero de 2020 y renuncia el 19 de octubre de 2026. Antes de este trabajo, cotizó 7 años completos en otras empresas. En el año en curso, ya tomó 5 días de vacaciones desde su último aniversario. Su sueldo bruto mensual es de $1.500.000, por lo que su remuneración diaria es de $50.000.

  1. Años completos en la empresa: Desde el 15/01/2020 al 19/10/2026 ha cumplido 6 años completos (hasta el 15/01/2026).
  2. Último aniversario: 15 de enero de 2026.
  3. Días trabajados en el año: Del 15/01/2026 al 19/10/2026 hay 277 días.
  4. Vacaciones proporcionales: (277 / 365) * 15 = 11,4 días.
  5. Años totales cotizados: 7 años previos + 6 años actuales = 13 años totales.
  6. Feriado progresivo: Como tiene 13 años totales (supera los 10 mínimos), calculamos: (13 - 10) / 3 = 1 (usamos floor). Le corresponde 1 día adicional.
  7. Días totales a pagar: 11,4 (proporcionales) + 1 (progresivo) - 5 (ya tomados) = 7,4 días.
  8. Monto a pagar: 7,4 días * $50.000 = $370.000.

Este monto de $370.000 por concepto de vacaciones debe ser incluido en el finiquito de Carlos.

Casos frecuentes y consideraciones especiales

  • Despido por causas justificadas o injustificadas: El derecho a las vacaciones proporcionales y al feriado progresivo es irrenunciable y se paga siempre, independientemente de la causal de término del contrato.
  • Menos de un año de servicio: Solo se generan vacaciones proporcionales. El cálculo se hace desde la fecha de ingreso hasta la fecha de término, sin necesidad de esperar un aniversario.
  • Trabajadores con larga trayectoria: Es fundamental que el trabajador pueda acreditar los años cotizados en empleos anteriores mediante certificados de su AFP. Sin esa acreditación, el empleador solo puede considerar los años en la empresa actual.
  • Vacaciones tomadas en exceso: Si el trabajador ya disfrutó más días de los que le corresponden proporcionalmente, la ley prohíbe descontar ese exceso de su finiquito. En la práctica, el resultado de "días totales a pagar" será cero y no se pagará monto adicional por este concepto.

¿Qué documento necesitas después del cálculo?

Si has decidido poner fin a tu relación laboral, el siguiente paso formal es notificar a tu empleador. Para una renuncia voluntaria, el documento adecuado es la Carta de Renuncia Voluntaria. En ella debes indicar de manera clara tu decisión y, crucialmente, la fecha efectiva de tu último día de trabajo, que coincide con la "fecha de término" usada en esta calculadora. Este documento sienta las bases para iniciar el proceso de finiquito y el pago de todos tus derechos, incluidas las vacaciones calculadas.

Recuerda que, si bien esta calculadora proporciona una estimación precisa basada en la normativa vigente, el cálculo definitivo lo realiza tu empleador al elaborar el finiquito. Es recomendable contrastar los resultados y, en caso de duda, solicitar el detalle del cálculo o asesoría profesional.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si ya tomé más días de vacaciones de los que me corresponden proporcionalmente?

No se descuenta del finiquito. Simplemente no se paga monto adicional por vacaciones. La ley no permite descontar días de vacaciones disfrutados en exceso.

¿Los días de vacaciones se pagan como días hábiles o días corridos?

Las vacaciones legales son 15 días hábiles al año. Para el pago en dinero, se calcula la proporción de esos 15 días en función de los días corridos trabajados en el año. El resultado (un número de días) se multiplica por la remuneración diaria.

¿Cómo acredito los años cotizados con empleadores anteriores?

Con los certificados de cotización de tu AFP, que puedes solicitar en línea o en las oficinas de la AFP. Es responsabilidad del trabajador proporcionar esta información al empleador para el cálculo del feriado progresivo.

¿El feriado progresivo se paga aunque renuncie?

Sí, es un derecho adquirido por los años de cotización, independiente de la causal de término del contrato.

¿Qué remuneración se usa para el pago de vacaciones?

Se usa la remuneración diaria, que generalmente se calcula dividiendo el sueldo bruto mensual (incluyendo asignaciones fijas y permanentes) por 30 días.

¿Por qué el primer día de feriado progresivo es a los 13 años y no a los 10?

Porque la ley establece que se necesita un mínimo de 10 años de cotización para tener derecho al beneficio. Luego, el día adicional se otorga "por cada tres nuevos años de trabajo" sobre esos 10 años. Por lo tanto, el primer día extra corresponde al cumplir 13 años de cotización.