Calcula los pagos de finiquito por término de contrato en Chile, incluyendo indemnizaciones, feriado proporcional y vacaciones, según la causal de despido o renuncia.
¿Qué es el mes de aviso previo en Chile?
El mes de aviso previo es un derecho laboral establecido en el Código del Trabajo de Chile (Artículo 161). Cuando un empleador decide terminar un contrato de trabajo por desahucio o necesidades de la empresa, debe notificar al trabajador con al menos 30 días de anticipación a la fecha de término. Durante este período, el trabajador puede seguir prestando servicios y recibiendo su remuneración normal.
Si el empleador no otorga este plazo completo, está obligado a pagar una indemnización sustitutiva equivalente al valor de un mes de sueldo. Esta indemnización, sin embargo, tiene un tope máximo legal.
¿Cómo se calcula la indemnización sustitutiva?
El cálculo sigue estos pasos:
- Determinar la base de cálculo: Se toma la última remuneración mensual imponible del trabajador (sueldo base más asignaciones imponibles) del último mes completo trabajado, conforme al Artículo 172 del Código del Trabajo.
- Aplicar el tope legal: La ley establece que la base de cálculo no puede superar el equivalente a 90 Unidades de Fomento (UF). Por lo tanto, si la remuneración es mayor a 90 UF, se usa este valor tope para el cálculo.
- Calcular el monto según la situación:
- Sin aviso: Si el empleador no da aviso alguno y despide de inmediato, debe pagar la indemnización completa (base con tope).
- Aviso parcial: Si el aviso se da con menos de 30 días, debe pagar la parte proporcional de la indemnización por los días faltantes. Por ejemplo, si solo avisa con 15 días de anticipación, debe pagar la mitad (15/30) de la indemnización sustitutiva completa.
- Aviso completo: Si el aviso se da con 30 o más días y el trabajador labora durante ese período, no hay pago de indemnización. El trabajador recibe su salario normal.
Ejemplo de cálculo
Un trabajador con una última remuneración de $5.000.000 CLP es despedido por necesidades de la empresa el 1 de octubre. Su empleador le notifica el despido el 15 de septiembre, otorgando solo 15 días de aviso. El valor de la UF ese mes es de $45.000 CLP.
- Base de cálculo: $5.000.000 CLP.
- Tope en CLP: 90 UF * $45.000 = $4.050.000 CLP.
- Base con tope: Como $5.000.000 es mayor que $4.050.000, se usa $4.050.000.
- Días faltantes: 30 días requeridos - 15 días dados = 15 días.
- Proporción: 15 / 30 = 0.5 (50%).
- Indemnización: $4.050.000 * 0.5 = $2.025.000 CLP.
El trabajador tiene derecho a recibir $2.025.000 CLP por concepto de mes de aviso parcialmente no otorgado.
Casos frecuentes y consideraciones
Aviso cumplido: Si el empleador notifica con 30 o más días de anticipación y el trabajador trabaja durante ese período, no hay pago de indemnización. El trabajador recibe su salario normal hasta la fecha de término.
Renuncia del trabajador: El mes de aviso previo es una obligación del empleador. Si el trabajador renuncia, no aplica esta indemnización, a menos que el contrato individual establezca algo diferente.
Valor de la UF: Es fundamental usar el valor oficial de la UF publicado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) para el mes en que se efectúa el pago. Este valor cambia mensualmente.
Tratamiento tributario y previsional: La indemnización por falta de aviso previo no constituye renta para efectos del impuesto a la renta ni es imponible para cotizaciones previsionales, ya que es una indemnización por daño y no retribución por servicios.
Documento recomendado
Para formalizar un despido por desahucio o necesidades de la empresa, es fundamental utilizar una Carta de Despido que cumpla con todos los requisitos legales. Este documento debe indicar claramente la causal, las fechas y los derechos del trabajador, incluido el aviso previo o el pago de la indemnización sustitutiva correspondiente.