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Calculadora de Impuesto de Sellos para Contratos Inmobiliarios

Calcula el impuesto de sellos a pagar por contratos de alquiler o compraventa de inmuebles según la provincia argentina. Incluye exenciones y alícuotas vigentes.

Tus datos

Selecciona la provincia donde se encuentra el inmueble. Las tasas y exenciones varían por provincia.

El tipo de contrato define las alícuotas y posibles exenciones del impuesto de sellos.

Solo para contratos de alquiler. Ingresa el monto del alquiler mensual.

Solo para contratos de alquiler. Ingresa la duración total del contrato en meses.

Solo para compraventa o boleto. Ingresa el precio total acordado de venta.

Solo para compraventa o boleto. Puede aplicar exenciones o beneficios fiscales.

Resultado

Total del impuesto de sellos 0,00 ARS

Monto total del impuesto de sellos a pagar por el contrato.

Cómo se calcula

Monto total del contrato Para alquiler: canon mensual multiplicado por el plazo. Para compraventa/boleto: el precio de venta.
1.200.000,00 ARS
Alicuota aplicable Porcentaje del impuesto según provincia y tipo de contrato. Para alquiler en CABA es 0% (exento).
0 %
Base imponible Monto sobre el cual se calcula el impuesto. Para alquileres en CABA es $0 (exento). Para compraventa en CABA, si es vivienda única y no supera el mínimo, también es $0.
0,00 ARS
Impuesto de sellos bruto Impuesto calculado antes de considerar la división entre partes.
0,00 ARS
A cargo del comprador/inquilino (50%) Generalmente, el impuesto se divide en partes iguales entre las partes del contrato.
0,00 ARS
A cargo del vendedor/propietario (50%) Generalmente, el impuesto se divide en partes iguales entre las partes del contrato.
0,00 ARS
Ten en cuenta
  • Esta calculadora proporciona una estimación basada en alícuotas generales. Las normativas provinciales pueden tener exenciones específicas, deducciones o tratamientos especiales no contemplados aquí (ej: contratos a plazo muy corto, inmuebles rurales).
  • Para CABA: Los contratos de alquiler de vivienda están exentos del impuesto de sellos (alícuota 0%). Para compraventa, existe un mínimo no imponible para vivienda única (consultar valor actualizado).
  • El impuesto suele pagarse en dos mitades (50% cada parte), pero el contrato puede establecer otra distribución. Verifica la normativa local.
  • Las alícuotas para otras provincias son valores de referencia basados en leyes impositivas de años anteriores (principalmente 2025). Consulta con el organismo recaudador local (Rentas provincial) para tasas exactas y vigentes.
  • Los valores de alícuota y mínimos no imponibles pueden actualizarse anualmente. Esta calculadora utiliza valores para el año 2025. Para años posteriores (ej: 2026), verifica las resoluciones vigentes del año correspondiente.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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Contrato de Alquiler de Vivienda según DNU

¿Qué es el Impuesto de Sellos en Argentina?

El Impuesto de Sellos es un tributo provincial que grava los actos, contratos y operaciones documentados, como los contratos de alquiler y compraventa de inmuebles. Cada provincia argentina tiene su propia ley y establece las alícuotas (porcentajes), exenciones y montos mínimos no imponibles. El hecho generador es la firma del contrato, y el pago debe realizarse ante el organismo recaudador de la provincia donde se encuentra el bien (la Dirección General de Rentas o equivalente).

¿Cómo se calcula el impuesto de sellos?

El cálculo básico consiste en aplicar un porcentaje (alícuota) sobre la base imponible. Sin embargo, existen reglas específicas:

  • Para contratos de alquiler: Primero se calcula el monto total del contrato multiplicando el canon mensual por la cantidad de meses. En la Ciudad de Buenos Aires (CABA), los alquileres de vivienda están exentos, por lo que la base imponible es $0 y el impuesto total es $0. En otras provincias, se aplica una alícuota que suele oscilar entre el 0.5% y el 1% sobre el monto total.
  • Para contratos de compraventa o boletos: La base imponible es el precio de venta acordado. Las alícuotas son más altas, generalmente entre el 1.5% y el 3.5%. Algunas provincias, como CABA, establecen un mínimo no imponible para la compra de la primera vivienda única y familiar. Si el precio de venta es igual o inferior a este mínimo (ej: $6.500.000 para 2025), la base imponible es $0. Si lo supera, el impuesto se calcula sobre el monto total.

Una vez determinado el impuesto bruto, la normativa suele establecer que se divida en partes iguales (50% y 50%) entre las partes del contrato (comprador/inquilino y vendedor/propietario), aunque las partes pueden pactar otra distribución.

Ejemplo de cálculo paso a paso

Supongamos la compra de un departamento en la Provincia de Buenos Aires por $50,000,000 (ARS), y no es vivienda única.

  1. Provincia: Buenos Aires.
  2. Tipo de contrato: Compraventa.
  3. Alicuota: Según la tabla de la provincia, es del 1.5%.
  4. Base imponible: El monto total, $50,000,000.
  5. Impuesto bruto: 1.5% de $50,000,000 = $750,000.
  6. División: Comprador paga $375,000 y Vendedor paga $375,000.

Casos frecuentes y consideraciones

  • Alquiler en CABA: No se paga impuesto de sellos. Es importante conservar el contrato como documento probatorio.
  • Compra de primera vivienda en CABA: Si el precio no supera el mínimo no imponible (ej: $6,500,000 en 2025), el impuesto es $0. Si lo supera, se paga sobre el monto total (no solo el excedente).
  • Contratos en otras provincias: Las tasas cambian. Por ejemplo, Córdoba aplica 3% para compraventa y 0.5% para alquiler. Siempre verificar con la Dirección de Rentas local.
  • Boleto de compraventa: Se considera un contrato sujeto al impuesto, generalmente con las mismas reglas que la compraventa definitiva.

¿Qué documento necesito después de calcular el impuesto?

Una vez estimado el monto, el siguiente paso es formalizar el acuerdo. Para un alquiler de vivienda, te recomendamos utilizar nuestro Contrato de Alquiler de Vivienda según DNU, que incorpora las cláusulas exigidas por la normativa actual. Para una compraventa, puedes comenzar con un Boleto de Compraventa Inmobiliaria para sentar las bases del acuerdo, o directamente con el Contrato de Compraventa de Inmueble para una formalización más completa. Recuerda que el pago del impuesto de sellos es un trámite posterior que deberás realizar ante el organismo recaudador correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Los alquileres en CABA pagan impuesto de sellos?

No. Los contratos de alquiler de vivienda en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están exentos del pago del impuesto de sellos. La alícuota aplicable es 0%.

¿Quién paga el impuesto de sellos en una compraventa?

La ley suele establecer que el impuesto se paga en mitades iguales (50% comprador, 50% vendedor). Sin embargo, las partes pueden pactar en el contrato una distribución diferente (ej: que lo pague solo una de ellas).

¿El boleto de compraventa paga sellos?

Sí, el boleto de compraventa es un contrato preliminar sujeto al impuesto de sellos, aplicándose generalmente las mismas alícuotas y reglas que para la compraventa definitiva.

¿Qué pasa si no pago el impuesto de sellos?

El contrato puede tener validez entre las partes, pero no estará fiscalizado. El organismo recaudador puede aplicar multas, intereses resarcitorios y exigir el pago del tributo omitido, impidiendo posiblemente la registración del acto.

¿Cómo sé la alícuota exacta de mi provincia?

Debes consultar directamente en el sitio web o oficinas de la Dirección General de Rentas o organismo recaudador de tu provincia. Las leyes y resoluciones se actualizan periódicamente.

¿El cálculo de esta calculadora es definitivo?

No, es una estimación informativa. El cálculo oficial lo realiza el organismo recaudador al momento de la presentación de la declaración jurada y pago del tributo, considerando todas las disposiciones vigentes.