Calcula el IGV (18% o 10.5%) y la detracción de un monto, ya sea con o sin impuesto incluido. Para facturas, recibos y operaciones sujetas a retención.
¿Qué es el impuesto de alcabala en Perú?
El impuesto de alcabala es un tributo municipal que grava la transferencia de propiedad de bienes inmuebles (terrenos, casas, departamentos, locales) a título oneroso, es decir, por una compraventa. Es pagado por el comprador y su cálculo depende del valor del inmueble y de ciertas exoneraciones legales establecidas en el TUO de la Ley de Tributación Municipal.
¿Cómo se calcula el impuesto de alcabala?
El cálculo sigue estos pasos:
- Determinar la base imponible bruta: Se compara el precio de venta pactado en el contrato con el autovalúo del inmueble (valor oficial municipal), ajustado por inflación mediante el Índice de Precios al Por Mayor (IPM). La ley establece que se debe tomar el mayor de estos dos valores.
- Aplicar la inafectación general: Para todas las transferencias gravadas, las primeras 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) del valor del inmueble están exoneradas del impuesto (Art. 25° TUO LTM).
- Considerar la primera venta de constructora: Si la venta es la primera enajenación realizada por una empresa constructora, el valor de la construcción (que paga IGV) está inafecto de alcabala. Solo se grava el valor del terreno. En la práctica, esto se aproxima restando el autovalúo ajustado de la base.
- Calcular el impuesto: Sobre la base imponible neta resultante se aplica una alícuota del 3%. Este porcentaje es fijo a nivel nacional.
Ejemplo práctico: Compra entre particulares
Juan compra una casa usada por S/ 350,000. El autovalúo vigente es S/ 280,000 y el IPM del mes anterior es 122.5.
- Autovalúo ajustado: S/ 280,000 * (122.5 / 100.0) = S/ 343,000.
- Base imponible bruta: El mayor entre S/ 350,000 (precio) y S/ 343,000 es S/ 350,000.
- Inafectación general: Se restan 10 UIT (10 * S/ 5,300 = S/ 53,000).
- Base imponible neta: S/ 350,000 - S/ 53,000 = S/ 297,000.
- Alcabala a pagar: 3% de S/ 297,000 = S/ 8,910.
Ejemplo práctico: Primera venta por constructora
Ana compra un departamento nuevo de una constructora por S/ 550,000. Autovalúo S/ 500,000, IPM 124.
- Autovalúo ajustado: S/ 500,000 * (124.0 / 100.0) = S/ 620,000.
- Base bruta: Mayor (S/ 550,000, S/ 620,000) = S/ 620,000.
- Inafectación general: S/ 620,000 - S/ 53,000 = S/ 567,000.
- Ajuste por primera venta: Como es primera venta de constructora, se deduce el valor de la construcción (aproximado por el autovalúo ajustado S/ 620,000). Base neta = max(S/ 567,000 - S/ 620,000, 0) = S/ 0.
- Alcabala a pagar: 3% de S/ 0 = S/ 0. (Nota: En la realidad, podría gravarse una fracción mínima del terreno; este ejemplo ilustra el mecanismo).
Casos frecuentes y consideraciones
Compra de inmueble usado entre particulares
Siempre aplica la inafectación de las primeras 10 UIT. El impuesto se calcula sobre el mayor valor entre precio y autovalúo ajustado, menos esas 10 UIT.
Cuando el autovalúo es mayor que el precio de venta
Es común en mercados a la baja o en operaciones entre familiares. Para el cálculo del impuesto, la municipalidad tomará el autovalúo ajustado como base, ya que es el valor mayor, para evitar la subvaluación.
Responsabilidad del pago
Por ley, el comprador es el obligado al pago del impuesto de alcabala. Este trámite se realiza en la municipalidad distrital donde se ubica el inmueble, generalmente al momento de inscribir la escritura pública en los Registros Públicos.
Documento recomendado después del cálculo
Una vez que conoces el monto aproximado del impuesto, el siguiente paso es formalizar la transacción. El documento principal es el Contrato de Compraventa de Inmueble, que establece los derechos y obligaciones de ambas partes, el precio y las condiciones de la transferencia. Este contrato es el antecedente necesario para la escritura pública y el pago del impuesto municipal.