Calcula la base imponible, la cuota de IVA, el recargo de equivalencia y la retención de IRPF de una factura en España, partiendo del importe sin IVA o del total con IVA incluido.
Qué es la retención de IRPF en la nómina
La retención de IRPF es un anticipo del impuesto sobre la renta que tu empresa descuenta de cada nómina y entrega a Hacienda en tu nombre. No es un impuesto adicional: al presentar la declaración de la renta se compara lo retenido con la cuota que realmente te corresponde, y de esa diferencia sale tu devolución o tu cantidad a pagar. Por eso conviene que el tipo de retención se parezca lo más posible a tu IRPF final.
El porcentaje no es libre. Lo calcula la empresa aplicando el procedimiento general del Reglamento del IRPF (arts. 80 a 86), con los datos que le comunicas en el modelo 145: situación familiar, hijos, ascendientes y discapacidad.
Cómo se calcula el tipo de retención
Esta calculadora sigue los pasos del procedimiento general de la Agencia Tributaria para el territorio común:
- Retribución anual: se parte del bruto anual previsto, incluidas las pagas extra.
- Gastos deducibles: se restan tus cotizaciones a la Seguridad Social y 2.000 € de otros gastos.
- Reducción por rendimientos del trabajo: si el rendimiento neto es bajo (hasta unos 19.747,50 €), se resta una reducción de hasta 7.302 €.
- Cuota 1: se aplica la escala de retenciones (19 %, 24 %, 30 %, 37 %, 45 % y 47 % por tramos) a la base resultante.
- Cuota 2: se aplica la misma escala a tu mínimo personal y familiar (5.550 € más los aumentos por edad, hijos, ascendientes y discapacidad).
- Tipo: la diferencia entre ambas cuotas se divide entre la retribución anual y se expresa en porcentaje con dos decimales.
En contratos de duración inferior a un año, el tipo no puede ser inferior al 2 %.
Ejemplo resuelto
Una persona soltera, de 40 años, sin hijos y con contrato indefinido gana 30.000 € brutos al año. Su cotización a la Seguridad Social es del 6,50 %, es decir, 1.950 €. Al bruto se le restan esos 1.950 € y los 2.000 € de otros gastos, lo que da 26.050 €. Como supera los 19.747,50 €, no hay reducción por rendimientos del trabajo y esa es la base.
La escala sobre 26.050 € da una cuota 1 de 5.980,50 €. El mínimo personal de 5.550 € genera una cuota 2 de 1.054,50 €. La cuota de retención es 4.926 € y el tipo, 4.926 / 30.000, un 16,42 %. Con 14 pagas, la retención es de unos 351,86 € por paga y el neto aproximado, de unos 1.651,71 €.
Casos frecuentes
- Hijos a cargo: cada hijo aumenta el mínimo familiar (2.400, 2.700, 4.000 y 4.500 € según el orden) y 2.800 € más si es menor de 3 años. El tipo baja.
- Discapacidad: el mínimo sube 3.000 € o 9.000 € según el grado, con 3.000 € adicionales por gastos de asistencia si hay movilidad reducida o un grado del 65 % o más.
- Salarios bajos: con rendimientos netos reducidos, la reducción por rendimientos del trabajo puede dejar el tipo en un porcentaje muy bajo o incluso en cero. Además, por debajo de determinados límites anuales la empresa no está obligada a retener.
- Contratos cortos: en contratos inferiores a un año, se aplica como mínimo el 2 %.
- Navarra y País Vasco: tienen su propio sistema foral y no se calculan aquí.
Qué hacer si el tipo no se ajusta a tu situación
Si tu situación familiar ha cambiado (nacimiento de un hijo, nuevo ascendiente a cargo, reconocimiento de una discapacidad), debes comunicarlo a tu empresa. El documento para hacerlo es la comunicación de datos al pagador, el modelo 145, que en esta web aparece como solicitud de cambio de la retención de IRPF. Si te han retenido de más, otra opción es reclamar la diferencia en tu declaración, para lo que puede servir una solicitud de devolución de cantidades del IRPF.
Recuerda que el resultado es una estimación basada en datos anuales. La retención real depende de lo que cobres a lo largo del año, de las variaciones de salario y de los datos que hayas comunicado a tu empresa.