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Indemnización por retraso o cancelación de vuelo

Calcula la compensación económica que te corresponde por un vuelo retrasado o cancelado según el Reglamento (CE) 261/2004. Para vuelos dentro de la UE o con salida de un aeropuerto europeo.

Tus datos

Selecciona si tu vuelo fue retrasado o cancelado. En caso de denegación de embarque (overbooking) selecciona 'cancelación'.

Distancia en kilómetros entre los aeropuertos de salida y llegada. Puedes consultarla en páginas como Great Circle Mapper. Introduce 0 si no la conoces para usar una estimación por tramos.

Si no conoces la distancia exacta, selecciona el tipo de vuelo para aplicar los tramos legales. Este campo solo se usará si la distancia introducida es 0.

Horas de retraso con las que aterrizó el vuelo. Solo aplicable si el tipo de incidencia es 'retraso'.

La aerolínea solo está exenta de pagar indemnización si el motivo es 'circunstancias extraordinarias' (ej. huelga de controladores, condiciones meteorológicas extremas).

¿Con cuántos días de antelación te notificó la aerolínea la cancelación? Si no te notificaron, introduce 0. Solo aplicable para cancelaciones.

Si la aerolínea te ofreció un vuelo alternativo, ¿con cuántas horas de retraso llegaría respecto a la hora original de llegada? Si no te ofrecieron alternativa, deja este campo vacío o introduce un número muy alto (ej. 24). Solo aplicable para cancelaciones.

Resultado

Importe de la indemnización 250,00 €

Cantidad en euros que la aerolínea debe pagarte como compensación.

Cómo se calcula

Distancia del vuelo utilizada Distancia en kilómetros utilizada para determinar el tramo. Si introdujiste 0 km, se ha usado un valor representativo del tramo seleccionado.
800
Tramo de distancia aplicable Tramo legal determinado en función de la distancia.
corta
Umbral de retraso para tener derecho a indemnización (retrasos) Horas de retraso mínimo que se deben superar para que el retraso dé derecho a indemnización.
3
Importe base de indemnización Importe fijo establecido en el reglamento para este tramo de distancia.
250,00 €
¿Cumple los requisitos para indemnización por retraso? Verdadero si el vuelo fue retrasado, el retraso supera el umbral y no se debe a circunstancias extraordinarias.
Sí
¿La cancelación fue notificada con menos de 14 días? Verdadero si la aerolínea notificó la cancelación con menos de 14 días de antelación, lo que generalmente da derecho a indemnización.
No
Umbral para reducción del 50% en cancelación (horas) Si el vuelo alternativo ofrecido llega con un retraso menor a este umbral, la indemnización se reduce a la mitad.
2
¿Corresponde indemnización completa por cancelación? Verdadero si la cancelación es por motivos operacionales, se notificó tarde y el vuelo alternativo (si se ofreció) llega con retraso igual o mayor al umbral, o no se ofreció alternativa.
No
¿Corresponde indemnización reducida (50%) por cancelación? Verdadero si la cancelación es por motivos operacionales, se notificó tarde, pero el vuelo alternativo ofrecido llega con un retraso menor al umbral, lo que reduce la indemnización a la mitad.
No
Tiene derecho a indemnización Indica si, según los datos introducidos, existe derecho a recibir una compensación económica.
Sí
Factor de reducción aplicable 1 para indemnización completa, 0.5 para indemnización reducida a la mitad.
1
Ten en cuenta
  • Esta calculadora aplica el Reglamento (CE) 261/2004 vigente a fecha de hoy. Una reforma europea en tramitación podría modificar los importes y condiciones en el futuro.
  • La aerolínea está exenta de indemnizar si el retraso/cancelación se debe a 'circunstancias extraordinarias' (ej. condiciones meteorológicas extremas, huelgas de controladores aéreos, seguridad).
  • El resultado es una estimación informativa. Para reclamar, contacta primero con la aerolínea. Si no responde en 2 meses, puedes acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en España.
  • En caso de cancelación, el derecho a indemnización y su importe dependen críticamente del plazo de notificación y de las alternativas de transporte ofrecidas. Asegúrate de introducir esos datos correctamente.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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Solicitud de reembolso de un billete de avión (anulación, retraso de un vuelo...)

¿En qué consiste la indemnización por retraso o cancelación de vuelo?

El Reglamento (CE) 261/2004 establece los derechos de los pasajeros aéreos en la Unión Europea. Entre ellos, el derecho a una compensación económica cuando un vuelo sufre un retraso significativo o es cancelado por motivos atribuibles a la aerolínea. Esta indemnización es independiente de la asistencia (comida, alojamiento) o del reembolso del billete.

¿Cómo se calcula la indemnización?

La normativa establece un sistema basado en dos factores principales: la distancia del vuelo y el tipo de incidencia.

  • Distancia del vuelo: Determina el importe fijo de la indemnización y, en caso de retraso, el umbral de horas a partir del cual se tiene derecho.
    • Vuelos cortos (hasta 1500 km): 250 €. Retraso mínimo de 3 horas.
    • Vuelos medios (más de 1500 km y hasta 3500 km): 400 €. Retraso mínimo de 3 horas.
    • Vuelos largos (más de 3500 km): 600 €. Retraso mínimo de 4 horas.
  • Tipo de incidencia:
    • Retraso: Solo se indemniza si el retraso a la llegada supera el umbral correspondiente (3 o 4 horas).
    • Cancelación o denegación de embarque (overbooking): Se tiene derecho a indemnización si la aerolínea te notifica la cancelación con menos de 14 días de antelación y el motivo no es una circunstancia extraordinaria. Sin embargo, el importe puede reducirse a la mitad si te ofrecen un vuelo alternativo que llegue con un retraso menor a ciertos umbrales (2 horas para vuelos cortos, 3 para medios, 4 para largos).
  • Excepción por circunstancias extraordinarias: La aerolínea no está obligada a pagar si el problema se debe a causas ajenas a su control, como condiciones meteorológicas extremas, huelgas de controladores aéreos o problemas de seguridad. Los motivos operacionales comunes (mantenimiento, escasez de tripulación) no se consideran extraordinarios.

Ejemplo resuelto

Carlos tenía un vuelo de Barcelona (BCN) a Nueva York (JFK), una distancia de unos 6000 km. La aerolínea canceló el vuelo 10 días antes por un problema técnico y le ofreció un vuelo alternativo que llegaría solo 1 hora más tarde de lo previsto.

  1. Distancia: 6000 km corresponde a un vuelo largo (>3500 km).
  2. Importe base: Para vuelos largos, la indemnización es de 600 €.
  3. Análisis de cancelación: La notificación fue con 10 días (menos de 14), el motivo es operacional y se ofreció alternativa.
  4. Umbral de reducción: Para vuelos largos, el umbral para reducción a la mitad es de 4 horas de retraso en la alternativa.
  5. Reducción: El vuelo alternativo llega con 1 hora de retraso, que es menor que 4 horas. Por tanto, la indemnización se reduce al 50%.
  6. Resultado: Carlos tiene derecho a una indemnización de 300 € (600 € * 50%).

Casos frecuentes y particularidades

  • Vuelos con escala: La distancia relevante es la del trayecto completo (origen-destino final).
  • Vuelos desde fuera de la UE: El reglamento solo se aplica a vuelos con salida de un aeropuerto de la UE (independientemente de la aerolínea) o con llegada a la UE operados por una aerolínea europea.
  • Aerolíneas de bajo coste: Les aplica la misma normativa.
  • Sin notificación de cancelación: Si la aerolínea no te informa de la cancelación, se considera notificada con 0 días de antelación, por lo que casi siempre dará derecho a indemnización completa (a menos que ofrezcan una alternativa con muy poco retraso).

¿Qué documento necesitas para reclamar?

Tras calcular tu indemnización, el siguiente paso es presentar una reclamación formal a la aerolínea. El documento Solicitud de reembolso de un billete de avión (anulación, retraso de un vuelo...) es ideal para este propósito. Te guiará para incluir todos los datos necesarios: detalles del vuelo, descripción del incidente, el importe reclamado y tus datos de contacto. Presenta esta solicitud por escrito (correo certificado o email) y conserva una copia.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la indemnización?

El plazo de prescripción para reclamar ante los tribunales es de 5 años desde la fecha del vuelo en España. Sin embargo, se recomienda reclamar a la aerolínea lo antes posible.

¿La aerolínea me puede ofrecer un vale en lugar de dinero?

Sí, pueden ofrecerlo, pero tú tienes derecho a elegir entre el vale o el pago en efectivo. No están obligados a ofrecerlo.

¿Qué pasa si la aerolínea no responde a mi reclamación?

Si la aerolínea no responde en un plazo razonable (se suele considerar 2 meses), puedes presentar una queja ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en España, que es la autoridad encargada de velar por el cumplimiento de estos derechos.

¿Tengo derecho a indemnización si pierdo una conexión por un retraso?

Sí, si todos los vuelos están bajo la misma reserva (itinerario único) y el retraso en el primer vuelo provoca que pierdas la conexión, el vuelo final se considera retrasado. La distancia y el cálculo se harán sobre el trayecto completo.

¿Qué se considera 'circunstancias extraordinarias'?

Son eventos que escapan al control normal de la aerolínea, como tormentas severas, cierre de espacio aéreo por seguridad, huelgas de controladores aéreos o sabotaje. Los problemas técnicos rutinarios o la escasez de tripulación NO lo son.

¿La indemnización es por persona o por reserva?

Es por pasajero. Cada persona con un billete tiene derecho individual a la indemnización si cumple los requisitos.