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Qué es el finiquito y cuándo se cobra
El finiquito es la liquidación que recibe un trabajador al terminar su relación laboral, sea cual sea la causa: dimisión, fin de contrato temporal, despido o periodo de prueba no superado. Recoge todo lo que la empresa debe y aún no ha pagado: los días de salario del último periodo, las vacaciones generadas y no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extra si no se cobran prorrateadas cada mes, y la indemnización legal cuando la causa de la baja da derecho a ella.
Cómo se calcula cada concepto
Salario pendiente
Se cuentan los días naturales trabajados desde el inicio del mes (o desde el alta, si es posterior) hasta la fecha de baja, y se multiplican por el salario diario, obtenido dividiendo el salario mensual entre 30 días. Es el criterio habitual de nómina, aunque no es el único posible.
Vacaciones no disfrutadas
El Estatuto de los Trabajadores reconoce un mínimo de 30 días naturales de vacaciones por año completo trabajado. Muchos convenios colectivos expresan esta cifra en días laborables, normalmente 22 o 23. La calculadora te permite indicar la cifra tal cual la fija tu convenio y elegir si está en días naturales o laborables: si es laborable, convierte el valor a naturales de forma aproximada (equivalencia habitual de 7 días naturales por cada 5 laborables). Es una aproximación razonable, no un cálculo exacto, porque no tiene en cuenta festivos ni el calendario laboral concreto. Sobre esa cifra ya convertida se calcula la parte proporcional según los días trabajados en el año natural en curso, dividiendo entre los días reales de ese año (365 o 366), y se resta lo ya disfrutado; el resto se paga en metálico.
Pagas extra
Si las pagas extra se cobran prorrateadas cada mes, ya están incluidas en el salario y no se añade nada más. Si se cobran aparte, se calcula la parte proporcional del importe anual total de las pagas extra (el número de pagas que indiques, asumiendo que cada una equivale a una mensualidad del salario base) generada desde el inicio del periodo de devengo que indiques —por defecto, el año natural, aunque algunos convenios usan otros periodos como julio-junio— hasta la baja, dividiendo siempre por la duración real de ese periodo concreto (365 o 366 días según corresponda).
Indemnización según la causa
La indemnización depende de por qué termina el contrato. La baja voluntaria, el periodo de prueba no superado, el despido disciplinario procedente y el mutuo acuerdo no generan indemnización legal. El fin de un contrato temporal da derecho a 12 días de salario por año trabajado. El despido objetivo o por causas económicas procedente da derecho a 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades. El despido improcedente da derecho a 33 días por año desde el 12 de febrero de 2012, o a una combinación de 45 días por el periodo anterior a esa fecha y 33 días por el posterior si la antigüedad es previa a la reforma laboral de 2012, con un tope de 24 o 42 mensualidades según el caso. Para estos cálculos se usa el salario diario resultante de dividir el salario anual total (con pagas extra incluidas) entre 365 días, criterio habitual en la jurisprudencia.
Preaviso incumplido
Si el trabajador no avisa con la antelación debida al dimitir, la empresa puede descontar del finiquito el salario de esos días. Si es la empresa la que no avisa cuando legalmente debía hacerlo —en un despido objetivo o en un fin de contrato temporal superior a un año—, debe compensar al trabajador con el salario de los días no avisados. En el despido improcedente este punto es más complejo: la indemnización por improcedencia ya repara la extinción sin causa válida y los tribunales no son unánimes sobre si procede sumar, además, una compensación por falta de preaviso, por lo que esta calculadora no la añade de forma automática en ese supuesto.
Un ejemplo resuelto
Una persona con contrato desde el 1 de marzo de 2010 y despido improcedente comunicado el 19 de octubre de 2026, con un salario de 1.800 euros brutos mensuales, pagas extra no prorrateadas (3 al año, devengadas de julio a junio) y 15 días de vacaciones ya disfrutados, tendría derecho a: los días de salario del mes en curso, la parte proporcional de vacaciones y de pagas extra pendientes, y una indemnización mixta de 45 días por año hasta el 12 de febrero de 2012 y 33 días por año desde entonces, calculada sobre el salario diario anualizado, con el tope de 42 mensualidades que marca la ley para estos casos de antigüedad mixta.
Casos frecuentes
- Fin de contrato temporal: 12 días de indemnización por año, sin tope legal de mensualidades.
- No superar el periodo de prueba: no hay indemnización, solo la parte de salario y vacaciones pendientes.
- Despido disciplinario procedente: tampoco hay indemnización legal.
- Empleo del hogar: tiene normas propias de preaviso, vacaciones e indemnización que no están cubiertas por esta calculadora.
Qué documento preparar después
Con el desglose de esta calculadora puedes rellenar el recibo de finiquito del trabajador, que detalla salario pendiente, vacaciones, pagas extra e indemnización, y que debe firmarse por ambas partes al finalizar la relación laboral.