Plantillas actualizadas a la normativa vigente Pago seguro Atención por email
Calculadora Gratis y sin registro Datos a 20 de octubre de 2026

Calculadora de interés simple e intereses de mora

Calcula los intereses simples y moratorios de una deuda en República Dominicana, según el capital, la tasa pactada y el tiempo transcurrido desde el vencimiento.

Tus datos

Monto principal de la deuda, sin intereses.

Tasa anual acordada por escrito. Si no se pactó, el juez fijará una equitativa. Si tu contrato usa tasa mensual, selecciona 'Mensual' en el campo siguiente.

Selecciona si la tasa ingresada arriba es anual o mensual. El cálculo se ajustará.

Selecciona la convención para calcular el año. 365 días es lo más común. Algunos contratos comerciales usan 360 días.

Fecha en que la deuda debía ser pagada originalmente.

Fecha hasta la cual se calculan los intereses. Usa hoy si es para el presente.

Si se han hecho abonos después del vencimiento, marca 'Sí' para ingresar su monto y fecha.

Suma de todos los abonos realizados después de la fecha de vencimiento. Solo visible si la opción anterior es 'Sí'.

Fecha en que se realizó el último abono. Se usa para calcular los intereses devengados hasta ese momento. Solo visible si hay pagos parciales.

Resultado

Total a reclamar 56.854,79 DOP

Suma del saldo pendiente más los intereses generados después del último pago. Monto total exigible en la fecha de cálculo.

Cómo se calcula

Tasa de interés anual efectiva Tasa anual utilizada para el cálculo, convertida si se ingresó como mensual.
18 %
Días de mora totales Días transcurridos desde el vencimiento hasta la fecha de cálculo.
278 días
Saldo después de imputar pagos Saldo pendiente después de restar los pagos parciales al total adeudado en esa fecha. Si el pago cubre intereses y parte del capital, este es el nuevo capital pendiente.
50.000,00 DOP
Intereses simples totales Suma de todos los intereses generados durante el período de mora.
6.854,79 DOP
Ten en cuenta
  • Esta calculadora aplica el método de interés simple, conforme al Código Civil dominicano.
  • La tasa de interés debe estar pactada por escrito. Si no hay pacto, corresponde al juez fijar una tasa equitativa.
  • Para pagos parciales, el cálculo imputa el pago primero a los intereses devengados hasta esa fecha y luego al capital, que es la regla general de imputación de pagos (Art. 1153 Código Civil).
  • Puedes seleccionar la base de días (365 o 360) según lo pactado en tu contrato. Si no se especifica, 365 días es la práctica más común.
  • Esta herramienta proporciona una estimación. Para casos complejos o disputas legales, se recomienda consultar con un abogado.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

Prepara ahora el documento

Con el resultado ya calculado puedes rellenar el documento al momento.

El editor se abre con los datos de la calculadora ya puestos.

Carta de Cobro
También te puede hacer falta

Calculadora de interés simple e intereses de mora en República Dominicana

Esta herramienta te permite calcular los intereses que genera una deuda cuando no se paga a tiempo, según las normas del Código Civil dominicano y la Ley Monetaria y Financiera. Es útil para acreedores que necesitan cuantificar el monto a reclamar, o para deudores que desean conocer su obligación actualizada.

¿Qué son los intereses simples y moratorios?

Los intereses son la compensación que recibe el acreedor por el uso del dinero por parte del deudor. En República Dominicana, el interés simple es el más común para deudas comerciales y civiles. Se calcula únicamente sobre el capital original o pendiente, sin acumular intereses sobre intereses (lo que sí ocurre en el interés compuesto).

Los intereses de mora (o moratorios) son aquellos que se generan específicamente por el retraso en el pago después de la fecha de vencimiento pactada. Su cálculo también sigue la regla del interés simple, a partir del día siguiente al vencimiento.

¿Cómo se calculan?

La fórmula legal básica para el interés simple es:

Interés = Capital Pendiente × (Tasa de Interés Anual / 100) × (Días de Mora / Base de Días del Año)

  • Capital Pendiente: El monto de la deuda principal que aún no se ha pagado. Si se han realizado abonos, se aplican primero a los intereses ya generados y luego al capital.
  • Tasa de Interés Anual: El porcentaje pactado por las partes por un año. Si se acordó una tasa mensual, se multiplica por 12 para obtener la anual.
  • Días de Mora: El número total de días naturales desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de cálculo.
  • Base de Días: Puede ser 365 días (año natural) o 360 días (año comercial), según lo acordado en el contrato. Si no se especifica, se suele usar 365 días.

Ejemplo práctico con pago parcial

Supongamos una deuda de 100,000 DOP con vencimiento el 1 de diciembre de 2025 y una tasa del 1.5% mensual (18% anual). El deudor realiza un pago parcial de 20,000 DOP el 1 de junio de 2026. Queremos saber el total a reclamar al 20 de octubre de 2026, usando base de 360 días.

  1. Intereses hasta el pago parcial (1 dic 2025 - 1 jun 2026): 100,000 × (18/100) × (182/360) = 9,100 DOP.
  2. Total adeudado al 1 jun 2026: 100,000 + 9,100 = 109,100 DOP.
  3. Saldo después del pago de 20,000: 109,100 - 20,000 = 89,100 DOP (este es el nuevo capital pendiente).
  4. Intereses desde el pago hasta la fecha de cálculo (1 jun 2026 - 20 oct 2026): 89,100 × (18/100) × (141/360) = 6,281.55 DOP.
  5. Total a reclamar al 20 oct 2026: 89,100 + 6,281.55 = 95,381.55 DOP.

La calculadora automatiza este proceso, imputando correctamente el pago parcial.

Casos frecuentes y consideraciones

  • Sin tasa pactada: Si el contrato no establece una tasa, no existe una tasa legal automática. En caso de conflicto, un juez determinará una tasa equitativa.
  • Imputación de pagos: Según el Artículo 1153 del Código Civil, los pagos se imputan primero a los intereses y luego al capital. Nuestra calculadora sigue esta regla.
  • Tasas abusivas: Los tribunales pueden reducir tasas excesivamente altas (usurarias) si se demuestra que son abusivas.
  • Documentación: Es fundamental que la tasa y los términos queden por escrito en un documento válido como un pagaré, un reconocimiento de deuda o un contrato.

¿Qué documento conviene preparar?

Si necesitas formalizar la reclamación, el documento principal es la Carta de Cobro. En ella puedes detallar el capital adeudado, los intereses calculados y el total a pagar. Si la deuda se reconoce y se acuerda un nuevo plan, un Reconocimiento de Deuda es la herramienta adecuada. Para deudas futuras, el Pagaré es el instrumento ideal. Usa esta calculadora para tener una estimación clara antes de redactar cualquiera de estos documentos.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si en el contrato no se pactó una tasa de interés?

Si no hay una tasa pactada por escrito, no existe una tasa legal automática en República Dominicana. En caso de conflicto y demanda judicial, será el juez quien fije una tasa de interés equitativa, considerando las circunstancias del caso, el tipo de operación y las pruebas.

¿Se pueden cobrar intereses sobre los intereses (interés compuesto)?

Por defecto, el Código Civil dominicano se refiere al interés simple. El interés compuesto (capitalización de intereses) solo es válido si las partes lo pactan expresamente por escrito. Nuestra calculadora solo maneja el interés simple, que es el más común en deudas civiles y comerciales.

¿Cómo se imputa un pago parcial?

Según el Artículo 1153 del Código Civil, el pago se imputa primero a los intereses y luego al capital. Nuestra calculadora sigue esta regla: calcula los intereses devengados hasta la fecha del pago, resta el monto pagado de esa suma total (intereses + capital), y el saldo resultante es el nuevo capital sobre el que se calculan intereses futuros.

¿Desde qué día se cuentan los intereses de mora?

Los intereses de mora se calculan desde el día siguiente a la fecha de vencimiento pactada, hasta la fecha en que efectivamente se paga o se realiza el cálculo. Si se paga antes del vencimiento, no generan intereses de mora.

¿Debo usar 360 o 365 días en el cálculo?

Depende de lo pactado en tu contrato. Algunos contratos comerciales usan el año de 360 días por convención. Si el contrato no lo especifica, la práctica más común y judicial es usar 365 días (año natural). La calculadora te permite elegir entre ambas opciones.

¿Hay un tope máximo legal para la tasa de interés?

La Ley Monetaria y Financiera (183-02) establece la libre pactación de tasas. Sin embargo, los tribunales pueden moderar o reducir las tasas consideradas usurarias o abusivas (excesivamente altas y desproporcionadas) a petición de la parte afectada, aplicando principios de equidad.