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Contrato de Comisión Mercantil

El contrato de comisión mercantil es un acuerdo legal mediante el cual una persona (comitente) encarga a otra (comisionista) la realización de uno o varios actos de comercio, a cambio de una remuneración. Este documento es fundamental para formalizar relaciones comerciales, especialmente en ventas y representaciones. Nuestra herramienta te permite generar este contrato de forma rápida y sencilla,

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Contrato de Comisión Mercantil en México: Tu Guía Definitiva y Modelo

En el dinámico entorno de los negocios en México, la intermediación y la gestión de operaciones comerciales por parte de terceros son prácticas habituales. Para formalizar y asegurar estas relaciones, el contrato de comisión mercantil en México se erige como un pilar fundamental. Este acuerdo legal es una herramienta indispensable para vendedores, agentes comerciales, corredores y cualquier entidad empresarial que necesite delegar la ejecución de actos de comercio específicos. Comprender a fondo sus elementos, desde su definición hasta las cláusulas prácticas y las implicaciones legales, es crucial para operar con la máxima protección y eficiencia. En esta guía completa, te llevamos paso a paso para que domines este instrumento y descargues un modelo adaptable a tus necesidades.

¿Qué es un contrato de comisión mercantil en México?

El contrato de comisión mercantil en México es un acuerdo mediante el cual una persona, conocida como comitente, encomienda a otra, el comisionista, la realización de uno o más actos de comercio por cuenta y riesgo del primero. A cambio de su gestión y diligencia, el comisionista recibe una remuneración, comúnmente denominada comisión. Este tipo de contrato está regulado principalmente por el Código de Comercio de México, que establece el marco legal para estas transacciones mercantiles. A diferencia de un empleado, el comisionista opera con un grado de autonomía, pero siempre dentro de los límites y las instrucciones precisas dictadas por el comitente, quien asume el riesgo económico final de la operación encomendada. El qué es un contrato de comisión mercantil se entiende plenamente al visualizarlo como una externalización especializada de gestiones comerciales.

Partes Involucradas: Comitente y Comisionista

La estructura de este contrato se cimienta sobre dos figuras claramente definidas:

  • El Comitente: Es la persona física o moral que otorga el encargo, solicitando que se lleve a cabo un acto de comercio específico en su nombre y por su cuenta. Generalmente, es quien busca aprovechar la experiencia de un tercero para realizar una gestión comercial, como la compra, venta, distribución o promoción de bienes o servicios.
  • El Comisionista: Es la persona física o moral que acepta el encargo y se compromete a ejecutar el acto de comercio. Actúa como un intermediario o gestor profesional, aplicando su conocimiento y pericia, pero siempre representando los intereses del comitente y sujeto a sus instrucciones y directrices.

Objeto del Contrato y Facultades del Comisionista

El objeto del contrato de comisión mercantil debe ser definido con la máxima precisión y claridad. Puede abarcar una amplia gama de actos de comercio, como la compraventa de mercancías, la prestación de servicios, la realización de cobros, la promoción y colocación de productos, la gestión de contratos, entre otros. Es fundamental que las facultades del comisionista queden explícitamente establecidas en el contrato. Esto incluye detallar qué acciones puede realizar y cuáles están prohibidas, los límites de precios de venta o compra, las condiciones de pago autorizadas, el territorio geográfico de actuación (si aplica), y cualquier otra restricción o directriz necesaria. Una definición exhaustiva de estas facultades previene eficazmente posibles conflictos derivados de acciones que excedan las atribuciones conferidas.

Obligaciones del Comitente y del Comisionista

El éxito y la fluidez de la relación contractual dependen intrínsecamente del cumplimiento diligente de las obligaciones por parte de ambas partes. El Código de Comercio de México, en sus artículos pertinentes, detalla estas responsabilidades.

Obligaciones del Comisionista en un Contrato Mercantil

  • Ejecutar el encargo con diligencia: Debe llevar a cabo el acto de comercio encomendado siguiendo fielmente las instrucciones recibidas del comitente y actuando con la diligencia de un buen comerciante.
  • Actuar con lealtad y buena fe: Debe priorizar los intereses del comitente por encima de los suyos propios, evitando cualquier conflicto de interés.
  • Rendir cuentas detalladas: Está obligado a informar periódicamente al comitente sobre el progreso y los resultados de la gestión, proporcionando toda la documentación y comprobantes necesarios.
  • Entregar lo obtenido: Debe transferir al comitente todos los bienes, sumas de dinero o cualquier otro valor que haya recibido o adquirido en virtud del encargo.
  • Responsabilidad por daños y perjuicios: Responderá ante el comitente por cualquier daño o perjuicio que cause debido a su culpa, dolo, negligencia o por haber excedido sus facultades.

Obligaciones del Comitente

  • Pagar la comisión pactada: Debe remunerar al comisionista según lo acordado en el contrato, una vez que el encargo se haya ejecutado satisfactoriamente o bajo las condiciones estipuladas.
  • Reembolsar gastos: Tiene la obligación de cubrir todos los gastos necesarios y útiles en los que el comisionista haya incurrido para la correcta ejecución del encargo.
  • Aceptar los actos del comisionista: Debe asumir las consecuencias jurídicas y económicas de los actos lícitos que el comisionista haya realizado dentro de los límites de sus facultades.

Derechos del Comitente y del Comisionista

Paralelamente a las obligaciones, surgen derechos recíprocos que garantizan un equilibrio en la relación contractual.

¿Qué derechos tiene el comitente en un contrato de comisión mercantil?

  • Derecho a que el encargo se ejecute de manera fiel y conforme a sus instrucciones.
  • Derecho a recibir información completa, clara y oportuna sobre el desarrollo y los resultados de la gestión.
  • Derecho a percibir todos los beneficios, utilidades y productos derivados de la operación encomendada.
  • Derecho a exigir responsabilidad al comisionista en caso de incumplimiento, negligencia o mala gestión.
  • Derecho a revocar el encargo o dar por terminado el contrato, conforme a las causales legales o pactadas.

Derechos del Comisionista

  • Derecho a recibir la comisión pactada una vez que haya cumplido con su obligación de gestionar el encargo.
  • Derecho al reembolso de todos los gastos legítimos en los que haya incurrido para la ejecución del contrato.
  • Derecho a solicitar un anticipo para gastos, si así se ha estipulado previamente en el contrato.
  • Derecho de retención: Tiene la facultad de retener los bienes o documentos del comitente que obren en su poder como garantía del pago de su comisión y de los gastos incurridos, salvo pacto en contrario.

Remuneración del Comisionista (Comisión)

La comisión constituye el elemento central de la retribución del comisionista. Es imperativo que su monto (ya sea un porcentaje sobre el valor de la operación, una cantidad fija, o una combinación de ambas) se especifique claramente. Asimismo, debe definirse la base de cálculo (por ejemplo, sobre el precio de venta, sobre la utilidad neta, sobre el monto cobrado) y las condiciones exactas para su devengo (¿se paga al cerrar el trato con el tercero? ¿al recibir el pago? ¿al entregar la mercancía?). Es crucial establecer qué sucede si la operación no se concreta por causas ajenas a la voluntad o culpa del comisionista, para evitar disputas sobre su derecho a una compensación o pago de gastos.

Forma y Requisitos del Contrato

El Código de Comercio de México no impone una formalidad específica (como la escritura pública) para la validez del contrato de comisión mercantil entre las partes. No obstante, para fines probatorios, de claridad y para prevenir futuras controversias, es altamente recomendable que dicho contrato se formalice por escrito. Un modelo de contrato de comisión mercantil bien redactado y estructurado sirve como una base sólida y segura. Como mínimo, el documento debe incluir: la identificación completa y veraz de las partes (comitente y comisionista), la descripción detallada y precisa del objeto del contrato, las facultades y límites de actuación del comisionista, la duración del acuerdo, el monto y las condiciones de pago de la comisión, las causas de terminación del contrato y las obligaciones y derechos de cada parte previamente descritos.

Modificaciones y Prórrogas

Cualquier alteración o modificación a las condiciones originales pactadas en el contrato (como la ampliación del territorio de actuación, la inclusión de nuevos productos o servicios, el ajuste del porcentaje de comisión o la extensión de la vigencia del acuerdo) debe realizarse formalmente mediante un acuerdo escrito adicional, debidamente firmado por ambas partes. Las prórrogas de la duración del contrato también deben ser documentadas de la misma manera. La falta de formalización por escrito de estos cambios puede generar ambigüedad y disputas sobre los términos contractuales vigentes.

Causas de Terminación del Contrato

La relación contractual puede finalizar por diversas causas, y es esencial preverlas y regularlas adecuadamente en el documento para brindar seguridad jurídica a ambas partes.

¿Cómo puedo rescindir un contrato de comisión mercantil?

  • Cumplimiento del objeto: Cuando el comisionista ha completado exitosamente la ejecución de todos los encargos o actos de comercio para los cuales fue contratado.
  • Vencimiento del plazo: Si el contrato fue establecido por un tiempo determinado y este ha expirado, concluyendo la relación contractual.
  • Mutuo acuerdo: Cuando ambas partes, de forma voluntaria y por escrito, deciden dar por concluida la relación contractual.
  • Revocación unilateral del comitente: El comitente tiene el derecho de revocar el encargo. Sin embargo, puede estar obligado a indemnizar al comisionista por los gastos incurridos, los trabajos realizados y la comisión correspondiente a los negocios ya iniciados, a menos que la revocación se deba a un incumplimiento grave por parte del comisionista.
  • Renuncia unilateral del comisionista: El comisionista puede renunciar al encargo, pero deberá indemnizar al comitente si su renuncia causa daños o perjuicios al comitente, especialmente si se realiza en un momento inoportuno o sin una causa justificada.
  • Incumplimiento grave de una de las partes: La violación sustancial de las obligaciones contractuales por cualquiera de las partes (por ejemplo, si el comisionista actúa con dolo, excede reiteradamente sus facultades, o si el comitente omite el pago de la comisión acordada) puede ser causa de terminación.
  • Muerte o incapacidad legal: En el caso del comisionista, su fallecimiento o incapacidad legal puede dar lugar a la terminación del contrato, a menos que se haya pactado expresamente la continuación con sus herederos o representantes, o que el contrato sea transmisible.

Responsabilidades y Garantías

El contrato debe abordar de manera clara y detallada la responsabilidad de cada parte en caso de incumplimiento. El comisionista es responsable frente al comitente por los daños y perjuicios que cause. Una distinción crucial reside en la forma en que el comisionista interactúa con los terceros: puede actuar a nombre propio (ocultando la identidad del comitente) o a nombre del comitente (revelando su representación). Esta elección tiene importantes implicaciones legales sobre quién queda directamente obligado frente al tercero. Por ello, debe definirse con precisión en el contrato. En ciertos casos, para salvaguardar los intereses del comitente, se pueden estipular garantías, como fianzas o avales, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones del comisionista.

Diferencias con el Contrato de Mandato

Es frecuente la confusión entre el contrato de comisión mercantil y el contrato de mandato. Sin embargo, presentan distinciones fundamentales que es importante conocer.

¿Cuál es la diferencia entre un contrato de comisión mercantil y un contrato de mandato?

El contrato de mandato, regulado por el Código Civil, es un acuerdo más general que puede tener por objeto cualquier acto lícito, no necesariamente de naturaleza mercantil (por ejemplo, gestionar un trámite personal, representar a alguien en un asunto civil). En contraste, el contrato de comisión mercantil es una modalidad específica del mandato, pero enfocado exclusivamente en la realización de actos de comercio. Las diferencias prácticas más relevantes son:

  • Ámbito de aplicación: La comisión mercantil es de carácter estrictamente comercial; el mandato puede ser tanto civil como mercantil.
  • Remuneración: En la comisión mercantil, la retribución (la comisión) es la regla general y se presume su onerosidad. En el mandato civil, se presume gratuito, a menos que expresamente se pacte una contraprestación.
  • Legislación aplicable: La comisión mercantil se rige primordialmente por el Código de Comercio, el cual contiene disposiciones específicas para comerciantes y actos de comercio. El mandato civil se rige por el Código Civil.
  • Formalidades y Prácticas: Para la comisión mercantil, la formalización por escrito es una práctica comercial esencial para la prueba y claridad, mientras que el mandato civil puede ser más informal, incluso verbal en ciertos casos.

Para profesionales como vendedores o agentes comerciales, el contrato de comisión mercantil es, sin duda, el instrumento jurídico más adecuado y preciso.

Aspectos Clave del Código de Comercio de México Aplicables

El Código de Comercio de México constituye la fuente normativa principal para el contrato de comisión mercantil. Sus artículos establecen disposiciones cruciales relativas a la forma en que el comisionista debe ejecutar el encargo, su nivel de responsabilidad, su derecho a la comisión y su derecho de retención, así como los efectos legales de actuar a nombre propio o en representación del comitente. Al utilizar un modelo de contrato de comisión mercantil, se están incorporando implícitamente estas normas supletorias, lo que añade una capa adicional de seguridad jurídica al acuerdo.

Cómo Utilizar la Plantilla de Contrato de Comisión Mercantil

Un modelo de contrato de comisión mercantil PDF o en formato Word descargable representa un excelente punto de partida para formalizar tus acuerdos. Para utilizarlo de manera efectiva y segura:

  1. Identificación Completa de las Partes: Rellena meticulosamente todos los datos legales de las partes involucradas: nombres completos o denominaciones sociales, RFC, domicilios fiscales, y datos de los representantes legales en caso de ser personas morales.
  2. Definición Precisa del Objeto: Evita descripciones genéricas como "vender productos". Sé específico: "promover, negociar y concretar la venta de la línea de productos X en el territorio geográfico Y, bajo las condiciones Z".
  3. Establecimiento Detallado de Facultades y Límites: Define claramente qué acciones puede realizar el comisionista. ¿Tiene autorización para ofrecer descuentos? ¿Hasta qué porcentaje? ¿Puede aceptar pagos en nombre del comitente? Detalla estas facultades y sus límites en la cláusula correspondiente.
  4. Pacto Claro de la Comisión: Especifica el porcentaje de comisión, la base de cálculo (sobre ventas netas, sobre cobros, etc.) y el momento exacto de su devengo y pago. Ejemplo: "Una comisión del 8% sobre el valor neto de cada factura pagada por el cliente, pagadera dentro de los 15 días siguientes al cobro".
  5. Revisión de Cláusulas de Terminación: Asegúrate de que las causas de terminación listadas en el modelo se ajusten a tu realidad operativa y a tus necesidades. Considera añadir o modificar causas si es necesario.
  6. Personalización y Cláusulas Adicionales: Adapta el modelo a tus requerimientos específicos. Puedes añadir cláusulas especiales como acuerdos de no competencia, cláusulas de confidencialidad, requisitos de entrega de reportes periódicos, o definir la propiedad de la cartera de clientes.

La plantilla descargable actúa como un formulario guiado que te asiste paso a paso a través de cada sección, garantizando que no omitas elementos cruciales y facilitando la generación de un documento legalmente robusto y adaptado a tu operación.

Cláusulas Comunes y Casos Prácticos

Además de las cláusulas esenciales, muchos contratos de comisión mercantil incluyen disposiciones adicionales para optimizar la relación y prevenir riesgos:

  • Cláusula de Exclusividad: Puede estipular que el comitente se compromete a no contratar otros comisionistas en el mismo territorio o para el mismo producto/servicio. Alternativamente, el comisionista puede comprometerse a no promover productos o servicios de la competencia.
  • Cláusula de No Competencia: Diseñada para evitar que el comisionista, tras la terminación del contrato, utilice la información confidencial o la cartera de clientes adquirida para beneficiar a competidores directos.
  • Cláusula de Confidencialidad: Protege la información sensible del comitente, como estrategias comerciales, listas de precios, datos de clientes y secretos industriales o tecnológicos.
  • Cláusula de Entrega de Reportes: Detalla la periodicidad (semanal, quincenal, mensual) y el formato en que el comisionista deberá presentar informes sobre sus actividades, gestiones, ventas y prospectos.
  • Cláusula de Propiedad de la Cartera de Clientes: Aclara explícitamente que la cartera de clientes generada o contactada durante la vigencia del contrato es propiedad del comitente.

Caso práctico para vendedores/agentes comerciales: Una empresa fabricante de productos tecnológicos (comitente) contrata a un agente comercial independiente (comisionista) para expandir sus ventas en el Bajío. El contrato define los productos específicos, el territorio (estados de Guanajuato, Querétaro, Aguascalientes), el precio de lista máximo, el margen de descuento autorizado (hasta 5% sin previa aprobación), la comisión del comisionista (7% sobre el valor neto de las ventas efectivamente cobradas), la obligación de enviar reportes semanales de visitas y prospectos, y una cláusula de no competencia por un año tras la terminación del contrato.

Preguntas Frecuentes sobre el Contrato de Comisión Mercantil

¿El contrato de comisión mercantil genera una relación laboral? No, en absoluto. El comisionista opera como un profesional independiente, no como un empleado. No recibe un salario fijo, sino una comisión basada en resultados. Generalmente, no está sujeto a horarios de trabajo estrictos ni a una supervisión continua. Es fundamental que el contrato se redacte de manera que refleje esta independencia para prevenir riesgos de demandas laborales.

¿Qué sucede si el comisionista vende a un precio inferior al autorizado? Si el comisionista excede sus facultades, por ejemplo, vendiendo por debajo del precio mínimo autorizado sin permiso, el comitente tiene el derecho de no aceptar dicha operación y exigir al comisionista la diferencia. Si el comitente decide aceptar la venta, deberá pagar la comisión calculada sobre el precio real de venta acordado con el tercero.

¿Es posible pactar un anticipo a cuenta de comisiones? Sí, es una práctica común y totalmente factible. El contrato debe especificar claramente cómo se aplicará dicho anticipo, cómo se descontará de las comisiones futuras generadas, y bajo qué condiciones (si las hay) el comisionista debería devolver el anticipo si el contrato termina antes de que haya generado comisiones suficientes para cubrirlo.

¿El comisionista debe emitir factura por su comisión? Definitivamente. Al tratarse de una remuneración por un servicio independiente y comercial, el comisionista está obligado a emitir una factura (comprobante fiscal) por el monto de la comisión. Esto permite al comitente deducir dicho gasto en su contabilidad y cumplir con sus obligaciones fiscales.

¿Es obligatorio fijar un plazo de duración para el contrato? Si bien no es estrictamente obligatorio según la ley, es altamente recomendable establecer un plazo de duración determinado (por ejemplo, un año). También es posible pactar un contrato por tiempo indeterminado, pero en este caso, es crucial incluir cláusulas de terminación que permitan a cualquiera de las partes finalizar la relación contractual mediante un preaviso razonable.

En conclusión, el contrato de comisión mercantil para vendedores, agentes y otros intermediarios comerciales es un instrumento esencial para garantizar la seguridad jurídica y la claridad en las operaciones. Un modelo de contrato bien diseñado no es simplemente un documento formal; es una guía estratégica que define el marco de colaboración, ayuda a prevenir conflictos potenciales y protege eficazmente los intereses de todas las partes involucradas. Al descargar y adaptar un modelo confiable, obtienes un documento listo para ser utilizado, con la seguridad jurídica que necesitas, y que puedes personalizar para que se ajuste perfectamente a tus necesidades operativas. Descarga tu modelo ahora y agiliza tus transacciones comerciales con confianza.

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Definición y Partes

Por medio del presente instrumento, denominado CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL, celebran de una parte, en calidad de COMITENTE, __________, con domicilio en __________; y de la otra parte, en calidad de COMISIONISTA, __________, con domicilio en __________; al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.

DECLARAN:

I. Que ambas partes tienen la capacidad legal necesaria para obligarse. II. Que el presente contrato tiene por objeto regular la relación de comisión mercantil, en virtud de la cual el Comisionista se obliga a ejecutar, por cuenta y riesgo del Comitente, uno o más actos de comercio.

Objeto de la Comisión

El objeto de la comisión mercantil es la realización de los siguientes actos de comercio: __________.

El Comisionista actuará dentro de los límites establecidos en el párrafo anterior y de acuerdo con las instrucciones que, por escrito, le proporcione el Comitente. Cualquier acto que exceda estos límites de la actuación del comisionista requerirá autorización expresa y previa del Comitente.

Actuación del Comisionista

En el desempeño de la comisión, el Comisionista actuará:

en nombre del comitente, representándolo frente a terceros.

Remuneración del Comisionista

Como contraprestación por los servicios prestados en virtud de este contrato, el Comitente pagará al Comisionista una remuneración, la cual se calculará de la siguiente manera:

Un porcentaje de comisión del __________% sobre el valor total de la operación o transacción que constituya la base de cálculo.

El pago de la comisión se realizará dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la conclusión exitosa del acto de comercio encomendado o a la rendición de cuentas correspondiente, lo que ocurra primero.

Reembolso de Gastos

Los gastos en que incurra el Comisionista para la ejecución de la comisión serán por su exclusiva cuenta y cargo, sin derecho a reembolso alguno por parte del Comitente.

Vigencia del Contrato

El presente contrato tendrá una vigencia:

a plazo indeterminado.

Terminación del Contrato

El presente contrato podrá darse por terminado anticipadamente, sin responsabilidad para la parte que la ejercite, por las siguientes causas de terminación anticipada: __________.

La notificación de terminación por cualquiera de estas causas deberá hacerse por escrito, surtiendo efectos al día siguiente de su recepción. Las consecuencias de la terminación serán la liquidación de las comisiones devengadas y gastos reembolsables hasta la fecha de terminación, y la obligación del Comisionista de entregar toda documentación e información relativa a la comisión.

Obligaciones del Comitente

Son obligaciones del Comitente:

  1. Pagar la comisión pactada en los términos y plazos establecidos en este contrato.
  1. Proporcionar instrucciones claras, precisas y por escrito para la correcta ejecución de la comisión.
  2. Recibir los resultados de la comisión y los bienes que, en su caso, le sean entregados por el Comisionista.

Obligaciones del Comisionista

Son obligaciones del Comisionista:

  1. Ejecutar la comisión diligentemente, con la prudencia y cuidado de un buen comerciante.
  2. Informar al comitente de manera periódica y ante cualquier evento relevante sobre el desarrollo de la comisión.
  3. Rendir cuentas al Comitente de las operaciones realizadas, entregando los bienes y documentos recibidos.
  4. No delegar la comisión sin autorización expresa y por escrito del Comitente.
  5. Actuar con lealtad hacia el Comitente, evitando conflictos de interés y absteniéndose de realizar operaciones por cuenta propia que compitan con el encargo.

Rendición de Cuentas

El Comisionista deberá rendir cuentas al Comitente de todas las operaciones realizadas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la conclusión de cada acto de comercio encomendado o a la terminación del contrato. La rendición de cuentas deberá incluir toda la documentación de soporte original (contratos, facturas, comprobantes). El Comitente contará con un plazo de quince (15) días hábiles para revisar y, en su caso, formular observaciones. Transcurrido dicho plazo sin objeción, se entenderá la aprobación de cuentas.

Ley Aplicable y Jurisdicción

Este contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de __________. Para cualquier controversia derivada de este contrato, las partes se someten expresamente a la competencia de los tribunales de __________, renunciando a otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros les pudiera corresponder.

Confidencialidad

Las partes se obligan a tratar como información confidencial toda aquella información comercial, financiera, técnica o de cualquier otra naturaleza, que sea revelada con motivo de este contrato y que no sea de conocimiento público. Esta obligación de no divulgación se mantendrá durante la vigencia del contrato y por un período de tres años después de su terminación. Quedan exceptuadas de esta obligación las revelaciones requeridas por autoridad judicial competente o por disposición legal aplicable.

Acuerdo Íntegro

Este documento constituye el acuerdo completo entre las partes sobre la materia objeto del mismo y anula acuerdos previos, ya sean verbales o escritos, relacionados con el mismo objeto. Cualquier modificación a este contrato será válida únicamente si se realiza por escrito y está firmada por ambas partes.

Notificaciones

Todas las notificaciones relacionadas con este contrato deberán hacerse por escrito y se considerarán efectivas al ser entregadas personalmente o enviadas por correo certificado con acuse de recibo a los domicilios para notificaciones señalados en el encabezado de este contrato. Las partes se obligan a notificar cualquier cambio de domicilio. Los efectos de las notificaciones se producirán a partir del día hábil siguiente de su recepción.

En __________, a __________.

EL COMITENTE

Fdo.: __________

EL COMISIONISTA

Fdo.: __________