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Calculadora de Indemnización por Despido Guatemala

Calcula el monto total a pagar por despido injustificado o indirecto en Guatemala, incluyendo indemnización integrada, Bono 14, aguinaldo y vacaciones proporcionales.

Tus datos

Fecha en que el trabajador inició su relación laboral.

Fecha en que se efectúa la terminación del contrato.

Salario ordinario mensual (sin bonificaciones extraordinarias) del mes más cercano a la fecha de despido.

Salario ordinario mensual del segundo mes antes del despido.

Salario ordinario mensual del tercer mes antes del despido.

Salario ordinario mensual del cuarto mes antes del despido.

Salario ordinario mensual del quinto mes antes del despido.

Salario ordinario mensual del sexto mes antes del despido.

Despido injustificado (sin causa justa), indirecto (por culpa patronal) o justificado (con causa legal). Solo los dos primeros generan indemnización.

Días de vacaciones anuales que el trabajador no ha disfrutado y que le corresponden al momento del despido.

Fecha en la que se pagó la última cuota del Bono 14 (normalmente en julio). Si no se ha pagado ninguno, ingrese la fecha de ingreso.

Fecha en la que se pagó la última cuota del aguinaldo (normalmente en diciembre). Si no se ha pagado ninguno, ingrese la fecha de ingreso.

Resultado

Total a pagar al trabajador 26.859,51 GTQ

Suma de indemnización (si aplica), prestaciones proporcionales y vacaciones.

Cómo se calcula

Promedio salarial mensual (últimos 6 meses) Base para calcular la indemnización y las prestaciones proporcionales.
4.450,00 GTQ
Salario diario promedio Se asume un mes de 30 días para cálculos proporcionales.
148,33 GTQ
Años de servicio completos Años laborados completos entre las fechas.
3 años
Meses adicionales de servicio Meses completos trabajados después del último aniversario.
6 meses
Salario base integrado para indemnización Promedio salarial más la doceava parte de aguinaldo y Bono 14 (Art. 82 C. Trabajo, Art. 9 Dec. 76-78, Art. 4 Dec. 42-92).
5.191,67 GTQ
Indemnización base (un mes integrado por año) Cálculo según Art. 82 del Código de Trabajo con salario integrado.
18.170,83 GTQ
Indemnización por despido Solo aplica para despidos injustificados o indirectos.
18.170,83 GTQ
Proporción del Bono 14 Bono 14 proporcional a los días trabajados desde el último pago (Decreto 42-92). Equivale al 100% del salario mensual por año.
4.620,68 GTQ
Proporción del aguinaldo Aguinaldo proporcional a los días trabajados desde el último pago (Decreto 76-78). Equivale al 100% del salario mensual por año.
2.584,66 GTQ
Vacaciones pendientes Valor de los días de vacaciones no disfrutados.
1.483,33 GTQ
Ten en cuenta
  • Esta calculadora asume un mes de 30 días para el cálculo del salario diario y proporciones anuales de 365 días.
  • El cálculo de la indemnización integra el salario promedio con la doceava parte del aguinaldo y del Bono 14, conforme a la doctrina legal (salario * 14/12).
  • El Bono 14 y el Aguinaldo se calculan como el 100% del salario mensual ordinario por año completo, pagándose la parte proporcional a los días trabajados desde el último pago.
  • No incluye bonificaciones extraordinarias como el Bono Incentivo.
  • Si existe un convenio colectivo que mejore las prestaciones, el cálculo puede ser diferente.
  • En caso de renuncia voluntaria del trabajador, no corresponde indemnización por despido, salvo pacto en contrario.
  • Para una determinación exacta, consulte con un profesional del derecho laboral.

Resultado orientativo, calculado con los datos y las normas que se indican más abajo. No sustituye a un cálculo oficial ni al asesoramiento de un profesional.

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Carta de Despido Justificado

Cálculo de Indemnización por Despido en Guatemala

En Guatemala, la terminación de un contrato de trabajo por despido injustificado o indirecto genera una serie de obligaciones económicas para el empleador. El pago total incluye la indemnización propiamente dicha (calculada sobre un salario integrado), más las prestaciones sociales proporcionales (Bono 14 y aguinaldo) y el valor de las vacaciones no disfrutadas. Esta calculadora te ayuda a estimar ese monto de forma clara y conforme a la legislación vigente.

¿Qué incluye el cálculo?

El total a pagar se compone de cuatro conceptos principales:

  • Indemnización por despido integrada: Según el Artículo 82 del Código de Trabajo, en concordancia con el Artículo 9 del Decreto 76-78 (Aguinaldo) y el Artículo 4 del Decreto 42-92 (Bono 14), corresponde un mes de salario por cada año de servicio, pero el salario base para este cálculo debe integrarse sumando al promedio salarial la doceava parte del aguinaldo y la doceava parte del Bono 14. En la práctica, esto equivale a multiplicar el promedio salarial por 14/12. Esta indemnización solo se paga en casos de despido injustificado o indirecto.
  • Bono 14 proporcional: Decreto 42-92. Es una prestación equivalente al 100% del salario mensual ordinario por un año de trabajo (es decir, un salario mensual completo). Al momento del despido, se debe pagar la parte proporcional a los días trabajados desde la última vez que se pagó esta prestación (generalmente en julio).
  • Aguinaldo proporcional: Decreto 76-78. Es otra prestación equivalente al 100% del salario mensual ordinario por año. Se paga la parte proporcional a los días trabajados desde el último aguinaldo pagado (generalmente en diciembre).
  • Vacaciones pendientes: Artículo 130 del Código de Trabajo. El trabajador tiene derecho a 15 días de vacaciones anuales remuneradas a partir del primer año de servicio. Al terminar la relación laboral, se deben pagar los días de vacaciones que no haya disfrutado, calculados sobre el salario diario.

Base del cálculo: el salario promedio e integración

Para la indemnización, la ley establece que se debe tomar como base el promedio de los salarios ordinarios devengados por el trabajador en los últimos seis meses anteriores al despido. Luego, este promedio se integra con las prestaciones de aguinaldo y Bono 14, lo que se realiza multiplicándolo por el factor 14/12. Este salario integrado es la base para calcular la indemnización de un mes por año. Para el cálculo proporcional del Bono 14 y Aguinaldo, se usa directamente el promedio salarial mensual (sin integrar), aplicando la proporción de días trabajados en el año.

Ejemplo paso a paso

Imagina un trabajador que ingresó el 15 de enero de 2023 y fue despedido injustificadamente el 15 de julio de 2026. Sus salarios de los últimos 6 meses fueron: GTQ 4,500, GTQ 4,500, GTQ 4,500, GTQ 4,400, GTQ 4,400, GTQ 4,400.

  1. Promedio salarial: (4,500+4,500+4,500+4,400+4,400+4,400)/6 = GTQ 4,450.
  2. Salario integrado para indemnización: GTQ 4,450 * (14/12) = GTQ 5,191.67.
  3. Años de servicio: Del 15/01/2023 al 15/07/2026 hay 3 años completos y 6 meses (0.5 años).
  4. Indemnización: GTQ 5,191.67 * 3.5 = GTQ 18,170.85.
  5. Bono 14 proporcional: Suponiendo que el último Bono 14 se pagó el 01/07/2025, han pasado 379 días hasta el despido. Proporción: GTQ 4,450 * (379/365) ≈ GTQ 4,618.49.
  6. Aguinaldo proporcional: Suponiendo último pago el 15/12/2025, han pasado 212 días. Proporción: GTQ 4,450 * (212/365) ≈ GTQ 2,584.66.
  7. Vacaciones pendientes: Salario diario: GTQ 4,450 / 30 = GTQ 148.33. Si tiene 10 días pendientes: GTQ 148.33 * 10 = GTQ 1,483.30.
  8. Total estimado: GTQ 18,170.85 + GTQ 4,618.49 + GTQ 2,584.66 + GTQ 1,483.30 = GTQ 26,857.30.

Casos frecuentes y consideraciones

Despido justificado: Si el empleador despide al trabajador por una causa legalmente establecida (Art. 77 del Código de Trabajo), no está obligado a pagar la indemnización. Sin embargo, sí debe pagar el Bono 14, aguinaldo y vacaciones proporcionales.

Renuncia voluntaria: Cuando el trabajador decide terminar la relación laboral, no hay derecho a indemnización. Solo recibirá las prestaciones sociales proporcionales y sus vacaciones pendientes.

Convenios colectivos: Algunos sectores o empresas tienen convenios que pueden mejorar estos cálculos. Es importante verificarlo.

Documento recomendado

Una vez realizado el cálculo, es fundamental formalizar la terminación. Para un despido justificado, puedes utilizar una Carta de Despido Justificado que detalle las causas legales y los hechos que la motivan. Este documento sirve como respaldo para ambas partes.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre despido injustificado, indirecto y justificado?

El despido injustificado es cuando el empleador termina el contrato sin una causa legal. El indirecto ocurre cuando el trabajador se ve obligado a renunciar por culpa del empleador (ej: no pagar salarios). El justificado es cuando existe una causa legal válida (ej: faltas graves del trabajador). Solo los dos primeros generan indemnización.

¿Por qué el salario para la indemnización se multiplica por 14/12?

Porque la doctrina legal y la integración de prestaciones (Art. 82 Código de Trabajo, Art. 9 Dec. 76-78, Art. 4 Dec. 42-92) establecen que el salario base para la indemnización debe incluir la parte proporcional del aguinaldo y del Bono 14. Esto se calcula sumando al promedio salarial la doceava parte de cada una de estas prestaciones, lo que equivale a multiplicar por 14/12.

¿El Bono 14 y el aguinaldo son un mes de salario completo o 15 días?

Ambas prestaciones equivalen al 100% del salario mensual ordinario por un año de trabajo, es decir, un salario mensual completo (30 días de salario). No son 15 días. Al pagarse proporcionalmente, se toma el salario mensual promedio y se multiplica por la fracción de año trabajado desde el último pago.

¿El Bono Incentivo se incluye en el cálculo de la indemnización?

No. El Decreto 37-2001 (Bono Incentivo) establece que este pago no forma parte del salario ordinario. Por lo tanto, no se incluye en el promedio salarial para calcular la indemnización, ni en el cálculo del Bono 14, aguinaldo o vacaciones.

¿Qué pasa si no he recibido nunca el Bono 14 o el aguinaldo?

En ese caso, para el cálculo proporcional, debe ingresar como 'Fecha del último pago' su misma fecha de ingreso. La calculadora contará todos los días trabajados desde que empezó, y le corresponderá la parte proporcional completa de ambas prestaciones.

¿La indemnización tiene un tope máximo de años?

La ley guatemalteca no establece un límite máximo de años de servicio para el cálculo de la indemnización. Se paga un mes de salario integrado por cada año completo o fracción, sin importar la antigüedad.